GALLEGO DE GIOBELLINA SILVIA LILIANA c/ ESTABLECIMIENTO SAN GABRIEL S.R.L. Y OTRO s/ ORDINARIO (RESIDUAL)
La actora (Gallego de Giobellina Silvia Liliana) promovió acción ordinaria (residual) contra Establecimiento San Gabriel S.R.L. y otro, y la parte demandada interpuso recurso de queja por casación denegada. La Corte rechazó la queja y confirmó la inadmisibilidad del recurso de casación por recaer sobre una resolución no definitiva que rechazó un incidente de caducidad de instancia.
¿Quién es el actor?
Gallego de Giobellina Silvia Liliana.
¿A quién se demanda?
Establecimiento San Gabriel S.R.L. y Otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se discutieron, en las instancias previas, cuestiones vinculadas con un incidente de caducidad de instancia y recursos de apelación y casación interpuestos por la parte demandada; aquí se litiga la queja por casación denegada contra la Sentencia N° 224 de la Cámara en lo Civil y Comercial Común (Sala I) del 29/04/2022.
¿Qué se resolvió?
No hacer lugar al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada; se protocolizó el dictamen del Ministerio Público Fiscal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada en contra de la Sentencia N° 224 dictada por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Común el 29/04/2022 que declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto, por esa misma parte, contra la sentencia de fecha 25/10/2021. Esta última, resolvió no hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por su parte contra la sentencia de primera instancia de fecha 16/11/2020, que en su oportunidad había rechazado un planteo de caducidad de instancia.
La cuestión ha sido materia de un adecuado tratamiento por parte del señor Ministro Fiscal en su dictamen de fecha 27/5/2022, cuyas conclusiones esta Corte comparte y a las cuales se remite por razones de brevedad. En síntesis, dado que la sentencia que se pretende impugnar en casación no es definitiva ni equiparable a tal, pues resuelve el rechazo de un incidente de caducidad de instancia, el recurso de casación resulta inadmisible, sin que se advierta la presencia de gravedad institucional.
I.- NO HACER LUGAR al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada en contra de la sentencia N° 224 dictada por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Común el 29/04/2022.
II.- PROTOCOLIZAR junto a la presente sentencia el dictamen emitido por el señor Ministro Fiscal en fecha 27/5/2022."
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión consta en el dispositivo unificado firmado por los tres Vocales (Dr. Daniel Leiva, Dr. Antonio D. Estofán y Dr. Daniel Oscar Posse), sin manifestación de disidencia.
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