BERECIARTU QUIROZ, GABRIEL ANDRES s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía para obtener la nacionalidad argentina por naturalización. El Juzgado Civil y Comercial Federal N°1 declaró ciudadano argentino por naturalización a Gabriel Andres Bereciartu Quiroz, imponiendo juramento de fidelidad y la obligación de enrolamiento dentro del año, con apercibimiento según art. 35 Ley 17.671 y advertencia sobre anulación por fraude conforme art. 15 Decreto 3213/84.
¿Quién es el actor?
Gabriel Andres Bereciartu Quiroz, peticionante de carta de ciudadanía (solicitud de naturalización).
¿A quién se demanda?
No consta una parte demandada concreta; el trámite se tramita ante el Juzgado Federal con intervención del Ministerio Público Fiscal y organismos del Estado (Dirección Nacional de Migraciones, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Policía Federal, Ministerio de Relaciones Exteriores).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Concesión de la ciudadanía argentina por naturalización y expedición de la carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la solicitud y se declara ciudadano argentino por naturalización a Gabriel Andres Bereciartu Quiroz (DNI 96.063.089), ordenándose la extensión del título respectivo siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República, la Constitución y sus leyes; se le advierte la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año desde el juramento y se le notifica que la aparición posterior de un impedimento legal puede determinar la anulación de la ciudadanía por fraude u ocultamiento según el art. 15 del Decreto 3213/84. Regístrese, notifíquese y comuníquese a las autoridades indicadas (Dirección Nacional de Migraciones, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, División de Análisis Legal de la PFA y Ministerio de Relaciones Exteriores).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."
"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por el peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadano argentino por naturalización a Gabriel Andres BERECIARTU QUIROZ, DNI N° 96.063.089, hijo de Jorge Alejandro BERECIARTU RAMÍREZ y de Marysabel QUIROZ AMARO, nacido el 14 de marzo de 2007, en Barquisimeto, Lara, Venezuela, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento."
"Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el expediente (sentencia unipersonal).
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Normas que cita
- Ley 346Ciudadania
- Decreto 3213/84art. 15
- Ley 17.671art. 35
- Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
- Ley 24.755Amnistias
- Ley 25.871art. 110 · Migraciones
- Constitución NacionalConstitucion nacional
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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