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Primera Instancia

LEAL LAMPER, MONICA BENITA s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de naturalización de Mónica Benita Leal Lamper. El Juzgado Federal declaró concedida la ciudadanía argentina por naturalización, condicionada al juramento de fidelidad y al cumplimiento del deber de enrolamiento en el plazo legal, advirtiendo sobre la anulación por fraude u ocultamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 1- SECRETARIA Nº 2
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 012676/2025
Naturalizacion Ciudadania argentina Juramento de fidelidad Enrolamiento Ley 346 Decreto 3213/84 Ley 17.671 Migraciones Registro nacional de las personas Anulacion por fraude

¿Quién es el actor?

Mónica Benita Leal Lamper (peticionante).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (actuación administrativa judicial sobre solicitud de ciudadanía).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de carta de ciudadanía — incorporación a la ciudadanía argentina por naturalización.

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadana argentina por naturalización a Mónica Benita Leal Lamper, DNI N°96.040.765, condicionando la extensión del título al juramento de fidelidad a la República, la Constitución y las leyes; se le informó la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año y se advirtió sobre la eventual anulación por fraude u ocultamiento conforme al art.15 del Decreto 3213/84. Se ordenó notificar y comunicar la concesión a organismos competentes (Dirección Nacional de Migraciones, Cámara Nacional Electoral, Registro Nacional de las Personas, Policía Federal y Ministerio de Relaciones Exteriores).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, la Ley 346 y su decreto reglamentario 3213/84 para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina."

"Por ello, oído el Ministerio Público Fiscal y atenta la expresa manifestación de voluntad expuesta por la peticionante, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina por naturalización a Mónica Benita LEAL LAMPER, DNI N°96.040.765, hija de Isidro José LEAL y de María Ignacia LAMPER, nacida el 17 de octubre de 1968 en Maracaibo, Zulia, Venezuela, a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, a la Constitución y a sus leyes, haciéndole saber que tiene la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el art. 35 de la Ley 17.671 (texto según leyes 22.435 y 24.755) a partir de la fecha de juramento. Asimismo, haciéndole saber que en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la Ciudadanía Argentina la existencia de algún impedimento legal sobrevendrá la situación prevista en el art 15 del Decreto 3213/84 que determina la anulación de la ciudadanía por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite para su obtención."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto.

Normas que cita

  • Ley 346Ciudadania
  • Decreto 3213/84art. 15
  • Ley 17.671art. 35
  • Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
  • Ley 24.755Amnistias
  • Ley 25.871art. 110 · Migraciones

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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