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Tribunal Superior

PROPANORTE S.A.C.I.F. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN – DGR- s/ INCONSTITUCIONALIDAD

La parte demandada (Provincia de Tucumán) impugnó la denegatoria de su recurso de casación por una resolución que rechazó su excepción de falta de legitimación por firmeza de acto administrativo. La Corte Suprema provincial hizo lugar a la queja por casación denegada, admitiendo la gravedad institucional del planteo y habilitando la instancia extraordinaria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
273/19-Q1
Proceso contencioso administrativo Casacion Recurso de queja Definitividad Gravedad institucional Firmeza de acto administrativo Legitimacion para obrar Admisibilidad Provincia de tucuman Dgr.

¿Quién es el actor?

Propanorte S.A.C.I.F.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán – Dirección General de Rentas (DGR)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuestión contencioso-administrativa sobre nulidad/inconstitucionalidad de acto administrativo; en sede procesal se debatió la excepción de falta de legitimación por firmeza del acto administrativo impugnado.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la Provincia de Tucumán y dejó sin efecto la denegatoria de admisión del recurso de casación por la Cámara en lo Contencioso Administrativo; por tanto se admite la instancia extraordinaria para examinar la casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En su resolución denegatoria la Cámara sostiene que no se cumplen en el caso los requisitos exigidos en el art. 748 del CPCyC, toda vez que el recurso no se alza en contra de una sentencia de carácter definitivo ni equiparable en sus efectos a una sentencia definitiva, habida cuenta que no pone fin a la acción ni tiene virtualidad alguna para hacer imposible su continuación."

"Sin embargo, lo antedicho no determina el rechazo de esta queja, puesto que sí le asiste razón al recurrente en que el punto debatido en su recurso de casación reviste gravedad institucional, cuya configuración es el único dispositivo legal que permite sortear la falta de definitividad de la sentencia impugnada."

"En el caso que nos ocupa, la cuestión referida a las exigencias que debe cumplir una demanda por la que se entable una acción contencioso administrativa cuando se encuentra en juego la habilitación de la instancia judicial y la firmeza del acto administrativo que se impugna, constituye una cuestión que tiene idoneidad suficiente para proyectarse sobre la recta administración de justicia y la buena marcha de las instituciones."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia se resolvió por mayoría (bloque dispositivo final). El voto de la Dra. Claudia Beatriz Sbdar adhiere al criterio de admitir la queja y coincide en que la sentencia de Cámara no resulta definitiva, pero que existe el excepcional supuesto de gravedad institucional que habilita la casación.

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