BUSNELLI JOSE NARCISO c/ PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- s/ NULIDAD/REVOCACION
El actor impugnó la denegatoria de su recurso de revocatoria contra la regulación de honorarios originada en una acción de nulidad de acto administrativo. La Corte hizo lugar a la casación, declaró nula la sentencia apelada por arbitrariedad en la regulación de honorarios y remitió la causa para que la Cámara dicte un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Busnelli José Narciso (parte actora).
¿A quién se demanda?
Provincia de Tucumán - D.G.R. (demandada / Fisco).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad/Revocación de acto administrativo (multa por $246.805) y, en particular, impugnación de la regulación de honorarios practicada por sentencia Nº 922 del 05/07/2021; se atacó la denegatoria del recurso de revocatoria en la Sentencia Nº 1.203 (Sala I, Cámara en lo Contencioso Administrativo) del 09/09/2021.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el actor; se casó íntegramente la Sentencia Nº 1.203 del 09/09/2021, dejándola sin efecto, y se remitió la causa a la Cámara de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento sobre la revocatoria y la regulación de honorarios. Se impusieron las costas a la parte vencida en casación; se reservó pronunciamiento sobre regulación de honorarios para oportunidad ulterior.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien es correcto que los juicios como el de autos carecen de valor económico, puesto que en puridad su objeto está dado por la declaración de nulidad de un acto administrativo, y no por la suma de dinero que cuantifica a la multa..., no es menos cierto que, desde hace un tiempo atrás, esta Corte tiene resuelto que cuando la cuestión acarrea en forma directa una consecuencia económica beneficiosa para el interesado, dicho monto puede ser utilizado como una pauta indicativa a los fines de la regulación..."
"Lo desproporcionado de la regulación en cuestión se advierte a poco que se repara en que los honorarios determinados por el A quo se encuentran muy por encima de los máximos que habrían correspondido si se tratara de un juicio con monto económico. ... luce irrazonable la determinación de aranceles excesivos, que no condicen ni reflejan los valores económicos en juego."
"Siendo ello así, corresponde hacer lugar al recurso de casación promovido por la parte actora sobre la base de la siguiente doctrina legal: 'Es arbitraria y, por ende, descalificable como acto jurisdiccional válido la sentencia que deniega dogmáticamente un recurso de revocatoria sin tratar de manera adecuada el argumento recursivo relativo a la desproporcionalidad entre las sumas reguladas en concepto de honorarios profesionales y la real consecuencia económica que el pleito representaba para las partes'. En consecuencia se deja íntegramente sin efecto la Sentencia Nº 1.203 ... y se dispone la remisión ... a fin de que ... dicte un nuevo pronunciamiento sobre el recurso de revocatoria articulado por el actor en autos, teniendo presente lo aquí señalado."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto preopinante de la Dra. Eleonora Rodríguez Campos (fundamenta la casación); la Dra. Claudia Beatriz Sbdar adhiere en todos sus puntos; el Dr. Daniel Leiva vota en igual sentido. Decisión unánime (3/3).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.