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Tribunal Superior

TSA ARGENTINA S.R.L. c/ GMI TRASLADOS S.A. s/ COBRO DE PESOS

Conflicto negativo de competencia entre Juzgados por la causa TSA Argentina S.R.L. vs. GMI Traslados S.A. s/ cobro de pesos. La Corte Suprema de Justicia declaró la competencia del Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIª Nominación, adhiriendo al dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 09/06/2022.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1485/22
Conflicto negativo de competencia Competencia judicial Juzgado civil y comercial vii? nominacion Juzgado civil en documentos y locaciones ix? nominacion Cobro de pesos Ministerio publico fiscal Protocolo de dictamen Jurisdiccion Tramite incidental Resolucion interlocutoria

¿Quién es el actor?

TSA Argentina S.R.L.

¿A quién se demanda?

GMI Traslados S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de pesos.

¿Qué se resolvió?

Se declaró la competencia del Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIª Nominación para entender en los autos; se ordenó protocolizar el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 09/06/2022.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia el conflicto negativo de competencia suscitado entre el Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIª Nominación y el Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la IXª Nominación, para entender en la presente causa."

"II.- La cuestión de competencia en examen ha sido objeto de un adecuado tratamiento en el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 09/06/2022, cuyos fundamentos este Superior Tribunal comparte y a los cuales se remite.

Por lo expuesto, corresponde declarar la competencia del Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIª Nominación para conocer y resolver en la presente causa."

Bloque dispositivo:

"RESUELVE:

DECLARAR LA COMPETENCIA del Juzgado Civil y Comercial Común de la VIIª Nominación para entender en los autos del epígrafe. Disponer que se protocolice el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 09/06/2022; todo ello conforme a lo considerado.

HÁGASE SABER."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia; la Sentencia aparece suscripta por el Presidente y Voces de Cámara sin manifestarse disidencias.

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