MORILLO VICTOR ANGEL c/ PREVENCION ART S.A E ISRAELEV S.R.L. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Se solicitó la regulación de honorarios por las actuaciones cumplidas en el recurso de casación en la causa Morillo Víctor Ángel c/ Prevención ART S.A. e Israelev S.R.L. s/ Daños y perjuicios. El Tribunal hizo lugar al incidente y reguló honorarios por debajo del arancel mínimo, fijando $16.000 para Noelia G. Medina Nuñez y $77.500 para Jorge L. J. Wyngaard, atendiendo la inadmisibilidad del recurso y el interés patrimonial comprometido.
¿Quién es el actor?
Morillo Víctor Ángel (parte actora que promovió el recurso de casación).
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A. e Israelev S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Regulación de honorarios por las actuaciones cumplidas en el recurso de casación interpuesto por la parte actora en la causa de daños y perjuicios.
¿Qué se resolvió?
Se regulan honorarios por las actuaciones relativas al recurso de casación (resuelto por esta Corte el 27/05/2022) en los montos de $16.000 para Noelia Grisel Medina Nuñez (apoderada) y $77.500 para Jorge Luis José Wyngaard (apoderado).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se tomará como base regulatoria la suma fijada en la instancia anterior, la cual asciende a $252.000,96, al 31 de agosto de 2019.
Se aplicará la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, la cual calculada al 08/8/2022 arroja la suma de $577.511,86.
Consideramos que en el presente caso, fijar los honorarios profesionales atendiendo al valor vigente de una consulta escrita ocasionaría una evidente desproporción entre ese arancel mínimo previsto legalmente y la importancia de la labor cumplida en el recurso de casación por la letrada apoderada del actor dado el resultado obtenido (declaración de inadmisibilidad) y el interés patrimonial comprometido. Por las razones expuestas y conforme las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley N° 24.432, estimamos que existen motivos suficientes para fijar honorarios por debajo de los valores establecidos para una consulta escrita en relación a la labor profesional de la letrada Medina Nuñez.
Se tendrán en cuenta las pautas y porcentajes que surgen de aplicar los arts. 14, 15, 19, 38, 39, 51, demás concordantes de la Ley N° 5.480 y el art. 50 inc. 2 del CPL.
REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia N° 665 de fecha 27 de mayo del 2022, a los letrados Noelia Grisel Medina Nuñez (apoderada), en la suma de $16.000 (pesos dieciseis mil) y Jorge Luis José Wyngaard (apoderado), en la suma de $77.500 (pesos sesenta y siete mil quinientos). HÁGASE SABER."
¿Cómo votaron los jueces?
Sentencia suscripta y registrada; no consta voto en disidencia en el texto aportado. Firmas digitales de Claudia Maria Forte, Daniel Leiva, Eleonora Rodríguez Campos y Claudia Beatriz Sbdar.
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Leyes que cita
- Ley 24.432Honorarios profesionales
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