JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

SALVADOR DE ESPASA MIRTA JOSEFINA Y OTROS c/ PIORNO ADRIAN ISMAEL s/ DESALOJO

Regulación de honorarios por actuaciones en recurso de casación conexo a proceso de desalojo. El tribunal reguló honorarios extraordinariamente por debajo del valor de una consulta escrita y fijó $1.500 para cada uno de los letrados intervinientes, por considerar desproporcionado aplicar las tarifas vigentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala Civil y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
47731
Honorarios Regulacion Casacion Desalojo Ley 5480 Ley 24.432 Consulta escrita Tasa pasiva bcra Proporcionalidad Incidente

¿Quién es el actor?

Los letrados intervinientes en el recurso de casación: Christian Aníbal Fernández, Juan Estéban Pardo y Sonia Inés Espeche (solicitantes de regulación).

¿A quién se demanda?

Proceso principal contra Piorno Adrian Ismael (autos: Salvador de Espasa Mirta Josefina y otros vs. Piorno Adrian Ismael s/ Desalojo); la regulación se tramita ante el Tribunal que resuelve honorarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regular honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto por esta Sala en fecha 22 de mayo de 2013.

¿Qué se resolvió?

Regular honorarios por la actuación en el recurso de casación a favor de Christian A. Fernández, Juan E. Pardo y Sonia I. Espeche, en la suma de $1.500 (pesos mil quinientos) para cada uno.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Vienen estos autos a conocimiento y resolución del Tribunal para regular honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación interpuesto por la parte actora, y que fuera resuelto por esta Corte Suprema de Justicia, Sala en lo Civil y Penal, en fecha 22 de mayo de 2013 (fs. 556/566).

Se tomará como base regulatoria las sumas fijadas en primera instancia para los incidentes de ejecución de honorarios de los letrados Rogelio Mercado: $7.371,04 al 21/04/2011 y de la letrada Lucía López González: $1.283,81, al 21/04/2014. Se aplicará la tasa pasiva promedio del BCRA, la cual, calculada al 13/02/2017, arroja las sumas de $ 11.796,43 y $ 2.053,29 respectivamente.

Teniendo en cuenta la exiguedad de las sumas a las que se arriba en concepto de base regulatoria, los porcentajes que surgen de la aplicación de los artículos 14, 15, 38, 51 y 68 de la Ley nº5480 sobre los citados montos, se encuentran por debajo del mínimo legal. En consecuencia, atento lo previsto por el artículo 38 último apartado, debería aplicarse el valor de una consulta escrita.

Ahora bien, consideramos que en el presente caso, el valor vigente asignado a una consulta escrita ($6.300, más el 55% si reviste el carácter de apoderado) ocasiona una evidente desproporción entre el resultado obtenido, el escaso monto en juego en el proceso de ejecución de sentencia de los honorarios regulados, a lo que se agrega que los letrados Christian A. Fernández y Juan E. Pardo presentaron memorial en forma conjunta, al igual que la letrada Sonia Espeche, (con la letrada Lucía González que actuó por su propio derecho). Por otro lado, el valor de las sumas reguladas en las instancias anteriores (en primera instancia $1.714, $775 y en segunda instancia, $1.193 y $597) fue consentido por las partes. Por las razones expuestas, conforme facultades conferidas por el artículo 13 de la ley Nº 24.432, consideramos que existen razones suficientes para fijar honorarios por debajo de los valores establecidos para una consulta vigente. Se regulará para cada uno de los profesionales intervinientes en el recurso de casación resuelto, la suma de $1.500.

Por ello, se

RESUELVE:

REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia de fecha 22 de mayo de 2013, a los letrados: Christian Aníbal Fernández, Juan Estéban Pardo y Sonia Inés Espeche, en las sumas de: $1.500 (pesos mil quinientos) a cada uno."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el texto.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.