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Tribunal Superior

KASEN JUAN DOMINGO c/ ALPARGATAS CALZADOS S.A. s/ ACCION REAGRAVACION ACCIDENTE DE TRABAJO

El actor impugnó por queja la denegatoria de recurso de casación en una acción de reagravación por accidente de trabajo. La Corte declaró inadmisible la queja por incumplimiento del requisito formal de extensión previsto en la Acordada N°1498/18 (exceso de páginas).

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
107/04-Q1
Queja por casacion denegada Inadmisibilidad Acordada 1498/18 Requisitos formales Extension de escrito Accidente de trabajo Reagravacion Plazo art.140 cpl Alpargatas Kasen

¿Quién es el actor?

Kasen Juan Domingo.

¿A quién se demanda?

Alpargatas Calzados S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de reagravación por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto el 28/07/2022, por incumplir el requisito formal de extensión previsto en la Acordada N°1498/18 (el escrito superó las diez páginas permitidas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De acuerdo a las constancias del sistema informático SAE el recurrente presentó la queja en el plazo establecido en el artículo 140 del Código Procesal Laboral. No obstante se advierte que la presentación no cumple con los requisitos previstos en la Acordada N° 1498/18 dictada por esta Corte.

Se observa que el recurso interpuesto por el actor se realizó en dos escritos presentados el mismo día y que el recurso supera la cantidad de páginas previstas por la citada acordada toda vez que consta de 12 hojas.

La citada Acordada, en su punto II, expresa: 'DISPONER que el recurso de queja por denegación del recurso de casación deberá interponerse con texto mecanográfico en tinta negra, mediante un escrito de extensión no mayor a diez (10) páginas de veintiséis (26) renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor a 12)'."

"En el caso, el recurso de queja por casación denegada bajo examen, interpuesto en fecha 28/07/2022, supera la cantidad máxima de páginas permitida, en infracción a lo dispuesto por el Punto II de la mencionada acordada.

Lo expuesto basta para concluir que el recurso resulta inadmisible, de conformidad a lo dispuesto por el punto III de la Acordada N° 1498/18, tornando inoficioso el análisis del cumplimiento de los restantes requisitos de admisibilidad del recurso."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia está suscripta por los Magistrados firmantes sin constar disidencias expresas.

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