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Tribunal Superior

CUSILLOS S.R.L. c/ CARO ADRIANA ISABEL Y OTROS s/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO

El perito contador Orlando Guillermo López promovió recurso de queja por casación denegada en autos de cumplimiento de contrato entre Cusillos S.R.L. y Caro Adriana Isabel. La Corte declaró inadmisible la queja por no acreditarse los requisitos de admisibilidad exigidos por el art. 755 del Código Procesal Civil y por faltar la sentencia impugnada y prueba de su notificación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
8385/12-Q1
Recurso de queja Casacion denegada Admisibilidad Art. 755 cpc Cumplimiento de contrato Inadmisible Notificacion Sentencia faltante Camara civil Dictamen ministerio fiscal

¿Quién es el actor?

Perito contador Orlando Guillermo López (interponiendo recurso de queja por casación denegada).

¿A quién se demanda?

En autos principales: Cusillos S.R.L. vs. Caro, Adriana Isabel y otro (acción de cumplimiento de contrato).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja por casación denegada contra la declaración de inadmisibilidad del recurso de casación deducido contra la sentencia N° 153/30/5/2022 (causa: cumplimiento de contrato).

¿Qué se resolvió?

Declarar inadmisible el recurso de queja por casación denegada y disponer que se protocolice el dictamen del Ministro Fiscal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Viene a conocimiento y resolución de esta Corte, el recurso de queja por casación denegada interpuesto por el perito contador Orlando Guillermo López contra la sentencia N° 263 de la Sala III de la Cámara Civil en Documentos y Locaciones de fecha 24/8/2022 que declaró inadmisible el recurso de casación deducido contra la sentencia N° 153 de fecha 30/5/2022."

"El recurso de queja ha sido objeto de adecuado tratamiento en el dictamen del señor Ministro Fiscal del 13/9/2022, cuyos fundamentos -esencialmente referidos a que “se advierte el faltante de la sentencia que ha impugnado en casación y del trámite de su notificación”, recaudos exigidos por el art. 755 del Código Procesal Civil y que resultan indispensables para analizar los motivos casatorios y la tempestividad del recurso-, esta Corte comparte y a los cuales remite en honor a la brevedad."

"En inveterada y pacífica jurisprudencia, esta Corte viene sosteniendo ... que es necesario que ‘se acompañe con los autos de la queja, todos los instrumentos que permitan discernir acerca del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación, teniendo en cuenta que la resolución de este recurso directo debe realizarse de plano, sin sustanciación previa, y en base a las constancias obrantes en actuados separados de los autos principales’ ... No encontrándose cumplidos en su totalidad los requisitos de admisibilidad de la queja se exime este Tribunal de ingresar al análisis de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación."

"Por lo expuesto corresponde Declarar Inadmisible el recurso de queja por casación denegada deducido en autos. Por ello, compartiendo lo dictaminado por el señor Ministro Fiscal en fecha 13/9/2022, se RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada interpuesto por el perito contador Orlando Guillermo López en los autos “Cusillos S.R.L. vs. Caro, Adriana Isabel y otro s/ Cumplimiento de contrato”. DISPONER que se protocolice el dictamen del señor Ministro Fiscal adjunto a la presente sentencia."

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final (“RESUELVE: DECLARAR INADMISIBLE...”) constituye la decisión del Tribunal; no consta disidencia en el texto.

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