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Tribunal Superior

NEUFELD RODOLFO ENRIQUE Y MARQUETTI JOSE AGUSTIN s/ VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PUBLICO (ART. 248), DEFRAUDACIONES AGRAVADAS (ART. 174 INC. 5), FALSEDAD IDEOLOGICA (ART. 293)

La defensa de José Agustín Marquetti interpuso recurso de casación contra la resolución de la Cámara en lo Penal Conclusional relativa a hechos por violación de los deberes de funcionario público, defraudaciones agravadas y falsedad ideológica. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible y mal concedido el recurso por carecer de definitividad y no configurar la excepcionalidad de gravedad institucional, imponiendo costas a la parte recurrente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
41670/2017
Casacion Inadmisible Mal concedido Definitividad Gravedad institucional Violacion de deberes de funcionario publico Defraudaciones agravadas Falsedad ideologica Costas Penal.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal / Denunciante: Neufeld Rodolfo Enrique (figurando en la carátula).

¿A quién se demanda?

José Agustín Marquetti (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna por la defensa la resolución de fecha 5/5/2022 de la Sala III de la Cámara en lo Penal Conclusional en autos caratulados "Neufeld Rodolfo Enrique y Marquetti José Agustín s/ Violación de los deberes de Funcionario Público (art. 248), Defraudaciones agravadas (art. 174 inc. 5), Falsedad ideológica (art. 293)"; la defensa pidió casación contra dicha resolución.

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible y por ende mal concedido el recurso de casación interpuesto por la defensa de Marquetti; se impusieron las costas de esta instancia a la parte recurrente y se dispuso protocolizar el dictamen del Ministerio Público Fiscal. Se difirió pronunciamiento sobre regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original):

"II.- Analizando el planteo, se aprecia que el dictamen del Ministro Público Fiscal le brindó un adecuado abordaje, acertando al colegir que '…debe rechazarse por inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa técnica del imputado Juan Agustín Marquetti contra la resolución emitida por la Sala III de la Cámara en lo Penal Conclusional en fecha 5 de mayo de 2.021'. En especial, la opinión fiscal destacó que el acto jurisdiccional atacado carece de definitividad y que en autos no se configura el excepcional supuesto de gravedad institucional.

Partiendo de esa base, corresponde declarar inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación deducido por la defensa del imputado José Agustín Marquetti contra la sentencia del 5 de mayo de 2022 dictada por la Sala III de la Excma. Cámara en lo Penal Conclusional."

"I.- DECLARAR INADMISIBLE y, por ende, MAL CONCEDIDO el recurso de casación deducido por la defensa del imputado José Agustín Marquetti contra la sentencia del 5 de mayo de 2022 dictada por la Sala III de la Excma. Cámara en lo Penal Conclusional, conforme lo considerado. DISPONER que se protocolice el dictamen del Ministro Público Fiscal.

II.- COSTAS, según se precisó.

III.- DIFERIR el pronunciamiento sobre la regulación de honorarios para su oportunidad en caso de corresponder."

¿Cómo votaron los jueces?

La Sala integrada por los Dres. Leiva, Posse y Sbdar acordó por unanimidad confirmar la inadmisibilidad señalada por el Ministerio Público Fiscal; los Dres. Posse y Sbdar adhieren a los fundamentos del Dr. Leiva.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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