MORILLO MARIA DE LOS ANGELES Y OTROS c/ LA CAJA DE SEGUROS S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La demandante promovió acción por daños y perjuicios contra la aseguradora La Caja de Seguros S.A. y solicitó integrar la litis con los presuntos herederos del conductor fallecido. La Corte revocó la declaración de caducidad de instancia y, en sustitución, hizo lugar a la apelación de la actora rechazando el incidente de caducidad por entender que la citación provocada de terceros suspende el procedimiento y justificaba la continuidad del trámite.
¿Quién es el actor?
Morillo María de los Ángeles y otros (hijos y conviviente de la víctima y representante de menor).
¿A quién se demanda?
La Caja de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un siniestro vial; integración de litis con presuntos herederos del fallecido Antonio Luis Morales.
¿Qué se resolvió?
La Corte hizo lugar al recurso de casación de la actora, revocó la sentencia de la Cámara que había declarado la caducidad de la instancia y dictó en sustitución: hacer lugar a la apelación de la actora y no hacer lugar al incidente de caducidad promovido por La Caja de Seguros S.A., con costas a cargo de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La norma en principio resulta sumamente clara: la citación de un tercero suspende el procedimiento, y por ende impide la caducidad de instancia" (consideración del voto mayoritario y de la doctrina invocada).
"La suspensión de los plazos procesales prevista en el art. 90 CPCCT supone, como queda dicho, que el citado haya sido notificado para que, a partir de allí se posibilite y proceda el dies ad quem del plazo de suspensión, ya que ésta no puede ser establecida sine die. Esta condición no estaba dada en autos y, mientras ella no exista, no puede aplicarse la suspensión legal ni interpretarse literalmente la norma." (análisis sobre el alcance de art. 90).
Dispositivo mayoritario: "I.- HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por la parte actora... REVOCAR el mencionado pronunciamiento y DICTAR sustitutivamente: I.- HACER LUGAR al recurso de apelación... II.- En sustitutiva 'NO HACER LUGAR al incidente de caducidad de instancia articulada por la demandada La Caja de Seguros S.A., con costas a su cargo (arts. 105 y 106 C.P.C.C.T.)'".
¿Cómo votaron los jueces?
El Vocal Daniel Oscar Posse (y la Vocal Claudia Beatriz Sbdar adhirió) votaron por no hacer lugar al recurso de casación; la mayoría integrada por los Vocales Daniel Leiva, Antonio D. Estofán y Eleonora Rodríguez Campos votó por hacer lugar y dictar la resolución sustitutiva indicada. La decisión final sigue el voto mayoritario señalado en el dispositivo.
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