LOPEZ ROMERO PAOLA CECILIA c/ MM 13 S.R.L. s/ COBRO DE PESOS
La parte demandada interpuso recurso de queja por denegación de recurso de casación en expediente por cobro de pesos. La Corte declaró inadmisible la queja por incumplimiento de la Acordada N° 1498/18 (superar el máximo de 26 renglones por página) y, por ello, rechazó el recurso.
¿Quién es el actor?
López Romero Paola Cecilia.
¿A quién se demanda?
MM 13 S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada por superar la extensión permitida (más de 26 renglones por página) conforme a la Acordada N° 1498/18; en consecuencia, se rechazó la queja.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- La parte demandada plantea recurso de queja con fecha 20/09/2022 (hs. 21:01) contra la Resolución 06 de septiembre de 2022 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala III mediante la cual se rechaza el afianzamiento del recurso de casación ofrecido por la parte demandada, y se tiene por desistido el recurso de casación contra la sentencia de fecha 24/06/2022 del mismo Tribunal."
"II.- Respecto a la admisibilidad del recurso de queja intentado, se advierte que éste no cumple con los requisitos previstos en la Acordada N° 1.498/18 de esta Corte Suprema de Justicia.
En el punto II de la citada Acordada se expresa lo siguiente: “DISPONER que el recurso de queja por denegación del recurso de casación deberá interponerse con texto mecanográfico en tinta negra, mediante un escrito de extensión no mayor a diez (10) páginas de veintiséis (26) renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor a 12)”.
Asimismo, mediante Acordada N° 126/19, se dispuso que “el Reglamento para la presentación de los Recursos de Casación y Queja, establecido mediante Acordada N° 1498/18, empiece a regir a partir de los recursos que se interpongan a partir del 1/4/2019”.
En el caso, el recurso directo interpuesto por el demandado el día 20/09/2022 (hs. 21:01), supera la cantidad máxima de renglones permitida por la referida normativa, al contener más de 26 renglones por página (pp. 2, 2 vta., 3, y 3 vta.).
Lo expuesto determina por sí mismo la inadmisibilidad del recurso de queja y, por ende, torna inoficioso el análisis de los requisitos establecidos por el art. 140 del CPL."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Eleonora Rodríguez Campos redacta el voto preopinante que plantea la inadmisibilidad por incumplimiento de Acordada N° 1498/18.
La Dra. Claudia Beatriz Sbdar "comparto y adhiero al voto de la señora Vocal preopinante" y señala la ausencia de razones que justifiquen la excepción prevista en la norma.
El Dr. Daniel Leiva adhiere en idéntico sentido.
Bloque dispositivo (mayoría): "DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada..." (resolución definitiva del tribunal en este punto).
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