BARRIONUEVO CARLOS ALBERTO c/ HOTEL METROPOL S.A. s/ INDEMNIZACIONES
El actor interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Cámara de Apelación del Trabajo Nº 24/2021. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso por incumplimiento de la Acordada Nº 1498/18 (tamaño mínimo de letra) y condenó en costas a la actora.
¿Quién es el actor?
Barrionuevo Carlos Alberto.
¿A quién se demanda?
Hotel Metropol S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se trata de un proceso laboral por indemnizaciones (causa “Barrionuevo Carlos Alberto vs. Hotel Metropol S.A. s/ Indemnizaciones”).
¿Qué se resolvió?
La Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios de la Corte declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación interpuesto por el actor contra la sentencia Nº 24 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo (25-03-2021), por incumplimiento de la Acordada Nº 1498/18; impuso las costas de la instancia a la recurrente y reservó pronunciamiento sobre regulación de honorarios. Votación unánime (doctores Eleonora Rodríguez Campos, Claudia Beatriz Sbdar y Daniel Leiva).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el punto I de aquella reglamentación se dispone: 'ESTABLECER que el recurso extraordinario de casación deberá interponerse con texto mecanográfico en tinta negra, mediante un escrito de extensión no mayor a cuarenta páginas (40) de veintiséis (26) renglones, y con letra de tamaño claramente legible (no menor de 12). Igual restricción será de aplicación para los escritos de contestación del traslado o las memorias facultativas pertinentes, según los casos'."
"En la especie, el recurso de casación interpuesto por la actora el día 12-04-2021, en diversos pasajes no respeta el tamaño mínimo de letra exigido por la Acordada N° 1498/18. Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible y, por ende, mal concedido el recurso de casación incoado por la actora contra la sentencia N° 24 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala V, de fecha 25 de marzo de 2021."
Bloque dispositivo final: "I.- DECLARAR INADMISIBLE y, por ende, MAL CONCEDIDO el recurso de casación incoado por el actor en autos contra la sentencia N° 24 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala V, de fecha 25 de marzo de 2021; conforme a lo considerado. II.- COSTAS de esta instancia extraordinaria local, como se consideran. III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."
Además, se afirmó la imposición de costas conforme al principio objetivo de la derrota (cita: "las costas de esta instancia recursiva se imponen a la recurrente vencida, actor en autos (cfr. artículos 49 del CPL y 105, primera parte, del Código Procesal Civil y Comercial)").
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo votos en disidencia; votación y resolución por unanimidad.
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