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Tribunal Superior

MANZUR HUGO ALBERTO c/ ASOCIART S.A. ART s/ AMPARO INFORMATIVO

El actor promovió amparo informativo para obtener la documentación relativa al cálculo de la indemnización practicada por la ART por incapacidad laboral. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso de casación de la aseguradora por insuficiencia técnica y por fundarse en discrepancias sobre valoración de hechos y prueba, confirmando la decisión de los tribunales de mérito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1870/21
Habeas data Amparo informativo Art Inadmisibilidad Casacion Valoracion de la prueba Autosuficiencia del recurso Costas Obligacion de informacion Incapacidad laboral

¿Quién es el actor?

Hugo Alberto Manzur.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. ART.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo informativo (habeas data exhibitorio) para obtener copias de la documentación del Siniestro N° 9-229925, en particular la planilla de cálculo y documentación relativa a la liquidación de la indemnización por Incapacidad Laboral Permanente confeccionada por la ART y la Comisión Médica.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la demandada contra la sentencia de la Cámara que había confirmado la sentencia de primera instancia que ordenó a la ART arbitrar medios para entregar la documentación solicitada; además impuso costas a la recurrente y reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En suma, la crítica contenida en el planteo casatorio en estudio, respecto de la forma en que está construido el razonamiento sentencial, se basa en alegaciones ineficaces para descalificar el pronunciamiento impugnado, puesto que el Tribunal a quo ha expresado su criterio con apoyo en los hechos y pruebas que estimó relevantes, practicando un análisis circunstanciado al caso. Los fundamentos de la sentencia discurren en una secuencia lógica con la que se podrá disentir o no, pero en modo alguno autorizan su calificación como arbitraria o absurda."

"Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto el 12/4/2022 por la demandada, contra la sentencia N° 101 de fecha 23/3/2022, dictada por la Sala III de la Excma. Cámara en lo Civil y Comercial Común (Actuación N° H102233798194)."

"Las transcripciones y consideraciones efectuadas, permiten concluir que el Tribunal a-quo se hizo cargo de tratar, extensamente, cada una de las cuestiones con las que hoy pretende insistir la recurrente, sin siquiera haber ensayado una crítica a tales afirmaciones."

Igualmente se cita la doctrina y requisitos de autosuficiencia del escrito casatorio: "para la admisibilidad del recurso de casación es preciso que el escrito se baste a sí mismo... que realice crítica concreta puntual y eficaz de todos y cada uno de los argumentos de la sentencia -lo que no acontece en autos-".

¿Cómo votaron los jueces?

Los tres Vocales (Estofán, Posse y Leiva) votaron en idéntico sentido, por lo que la decisión fue unánime.

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