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Tribunal Superior

MEDINA HECTOR DAMIAN c/ EL RINCON s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

La parte actora interpuso recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia N° 290 relativa a un reclamo por prescripción adquisitiva. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso, adhiriendo al dictamen del Ministerio Público Fiscal y ordenando protocolizar dicho dictamen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1335/15
Prescripcion adquisitiva Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Corte suprema de justicia de tucuman Casacion Ministerio publico fiscal Protocoloizar dictamen Proceso civil Sentencia n? 290 Recurso incidental

¿Quién es el actor?

Medina Héctor Damián (representación letrada de la parte actora).

¿A quién se demanda?

El Rincón (parte demandada en autos “Medina Héctor Damián vs. El Rincón s/ Prescripción adquisitiva”).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo relativo a prescripción adquisitiva; la actuación cuestiona la sentencia N° 290 dictada por la Corte, vinculada al trámite previo (casación y sustitutiva de sentencia de Cámara).

¿Qué se resolvió?

Se declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la representación letrada de la parte actora contra la sentencia N° 290 de fecha 31/3/2023. Además, se protocolizó el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 05/5/2023.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (texto original):

"Viene a conocimiento y resolución del Tribunal el recurso de inconstitucionalidad deducido por la representación letrada de la parte actora en contra de la sentencia N° 290 dictada por esta Corte Suprema de Justicia en fecha 31/3/2023.

Esta última, resolvió el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia N° 464 dictada por la Sala I de la Cámara en lo Civil y Comercial Común, la que fue casada dictándose la respectiva sustitutiva.

Siendo ello así, este Tribunal comparte las consideraciones realizadas por el Ministerio Público Fiscal en su dictamen de fecha 05/5/2023, a las cuales se remite en pos de declarar inadmisible la via intentada."

Y del dispositivo:

"I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la representación letrada de la parte actora en contra de la sentencia N° 290 dictada por esta Corte Suprema de Justicia en fecha 31/3/2023

II.- PROTOCOLIZAR junto a la presente sentencia el dictamen efectuado por el Ministerio Público Fiscal en fecha 05/5/2023.

HÁGASE SABER."

No se registran votos en disidencia en el texto adjuntado; la resolución se dictó con la firma de las vocales y vocales indicados y en uso de licencia otras magistraturas.

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