JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

DIPAOLA VICTOR LEONARDO s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

El apoderado Ricardo Luis Mender apeló la impugnación de la imposición de costas y la regulación parcial de honorarios del perito tasador en un incidente de determinación de la base regulatoria. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de Mender, dejó sin efecto el apartado que impuso el pago de las costas en un 50% a su cargo, dispuso que las costas generadas por la actuación del perito se impongan por su orden y reguló honorarios del martillero en $64.500.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
49601
Prescripcion adquisitiva Regulacion de honorarios Perito tasador Costas Art. 39 ley 5.480 Cpcc arts. 105 y 107 Imputacion de costas Tasacion judicial Recurso de apelacion $64.500

¿Quién es el actor?

Actor apelado en instancia (parte actora en el pleito por prescripción adquisitiva; intervención del Dr. Alberto Chaparro del Moral como nuevo patrocinio y otros abogados intervinientes).

A quién se demanda (Demandado / recurrido): Martillero Público Rubén Benito Lagori (perito tasador) y el letrado Ricardo Luis Mender (como apelante que actuó por sus propios derechos en materia de regulación de costas y honorarios).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se analizan los agravios dirigidos contra la regulación de honorarios y la imposición de costas por el incidente de determinación de la base regulatoria en un juicio de prescripción adquisitiva; apelan el apartado II (honorarios) y III (imposición de costas) de la sentencia de 27/09/2016.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la apelación del Martillero Lagori en cuanto a la cuestión de fondo relativa al trámite y adopción de la pericia para fijar la base regulatoria.

Se hizo lugar al recurso de apelación del letrado Ricardo Luis Mender respecto del apartado III de la sentencia de fecha 27/09/2016, dejándolo sin efecto y disponiendo en sustitutiva que "las costas generadas por la actuación del Martillero Rubén Benito Lagori sean impuestas por su orden".

Se dejó sin efecto asimismo el apartado II de la sentencia recurrida y se regularon los honorarios del Martillero Lagori en la suma de $64.500.

Costas de la Alzada conforme lo considerado (aplicación de arts. 105 y 107 CPCC).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La tasación judicial es un antecedente técnico que opera a los fines regulatorios como un dictamen previo a la resolución del Juez, pero cuyas conclusiones no está obligado a seguir. En definitiva es el Juez quién debe decidir cuál debe ser la base regulatoria; el Perito solo aporta un factor para que el Juez pueda contar con todos los elementos necesarios para establecer la base."

"La inobservancia del traslado de la impugnación deducida a fs. 793 (fs. 811) no incide en el caso en el ejercicio de la citada prerrogativa jurisdiccional, advirtiéndose, además, que en lo pertinente al trámite que precedió el dictado de la resolución recurrida, el mismo fue consentido por las partes y el Perito (fs. 836 y vta.)."

"Si bien la jurisprudencia seguida por nuestros Tribunales impone el pago de los honorarios del Perito Tasador a la parte que lo solicita o a quien resulta beneficiario de la tarea, en la especie no se advierte que concurran ninguno de tales supuestos por cuanto el Juzgado fue quien resolvió imprimir a la causa el trámite del art. 39 incs. 3 y 4 de la ley arancelaria ... y la pericia no fue tomada por el a quo a los fines de la regulación, por lo cual, no se vio beneficiada ninguna de las partes con tal dictamen pericial."

"En consecuencia, conforme lo considerado, se acoge el agravio del letrado apelante, correspondiendo hacer lugar al recurso de apelación deducido, dejándose sin efecto el apartado III de la resolución apelada (fs. 837/839) correspondiendo en sustitutiva disponer que las costas generadas por la actuación del Martillero Rubén Benito Lagori sean impuestas por su orden."

Dispositivo final transcripto:

"I) HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el letrado Ricardo Luis Mender, por sus propios derechos (fs. 843), en contra del apartado III de la sentencia dictada el 27/09/2016 (fs. 837/839), dejando sin efecto el mismo y disponiendo en sustitutiva que las costas generadas por la actuación del Martillero Rubén Benito Lagori sean impuestas por su orden.

II) FIJAR los honorarios del Martillero Rubén Benito Lagori por su actuación en autos, en la suma de $64.500, conforme lo considerado.

III) COSTAS de la Alzada como se consideran."

¿Cómo votaron los jueces?

Sentencia dictada por dos miembros del Tribunal con coincidencia de votos entre el primer y segundo votante; la Sra. Vocal Dra. María del Pilar Amenábar acompañó con ampliación de fundamentos.

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