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Tribunal Superior

LEONES ELVIA ROMINA c/ SECRETARIA DE ESTADO DE TRABAJO DELEGACION CONCEPCION -SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA- s/ COBRO DE PESOS

La letrada promovió ejecución de honorarios por $37.620 contra la actora Elvia Romina Leones. La Corte ordenó llevar adelante la ejecución, fijó el capital en $37.620 y dispuso que devengue intereses a la tasa activa del Banco Nación desde la mora hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
21/17
Ejecucion de honorarios Sentencia de trance y remate Intereses tasa activa banco nacion Credito alimentario Ley 5.480 Ley 6.059 art. 26 k Costas Reserva de regulacion Mora Actora elvia romina leones

¿Quién es el actor?

María Cecilia Sarmiento, por derecho propio (letrada ejecutante).

¿A quién se demanda?

Elvia Romina Leones (actora en el expediente principal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de honorarios por $37.620 ( $34.200 por el 30% de honorarios regulados y $3.420 por aportes previsionales conforme art. 26 inc. K Ley Nº 6.059, 10%); pedido de sentencia de trance y remate por no haberse opuesto la parte ejecutada.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó tramitar la ejecución de honorarios, se declaró el capital adeudado en $37.620 y que devengue intereses a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina desde la fecha de la mora hasta su efectivo pago; se impusieron costas y se reservó pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habiendo sido intimada de pago y citada de remate la parte ejecutada, ha dejado vencer el término legal para oponer excepciones legítimas, por lo que corresponde, sin mas trámites dictar la sentencia de trance y remate, ordenándose llevar adelante la presente ejecución de honorarios, con costas."

"A su vez, cabe resaltar que en atención a la especial naturaleza del crédito ejecutado -que funciona como la remuneración al trabajo personal del profesional (conf. art. 1 Ley Nº 5.480)-, el mismo reviste el caracter de alimentario (conf. CSJT, sentencia Nº 361 del 21/5/2012), por lo que, como principio, corresponde que el capital reclamado devengue intereses calculados con la tasa activa que percibe el Banco Nación de la Argentina en sus operaciones ordinarias de descuentos de documentos, desde la fecha de la mora y hasta su efectivo pago. A la luz de ello, y sin que en la especie se observen elementos que justifiquen una solución diferente, corresponde la aplicación de la tasa de interés mencionada."

Bloque dispositivo (texto aplicado):

"I.- ORDENAR se lleve adelante la presente ejecución de honorarios seguida por la letrada María Cecilia Sarmiento, por derecho propio, contra la actora Elvia Romina Leones, hasta hacerse a la ejecutante acreedora íntegro pago de la suma de $37.620 (pesos treinta y siete mil seiscientos veinte) distribuídos de la siguiente manera: $34.200 que representa el 30% de los honorarios regulados en fecha 11/3/2022, y $3.420 por aportes previsionales -conforme art. 26 inc. K Ley Nº 6.059, 10%-. El capital devengará el interés de la tasa activa del Banco de la Nación Argentina en sus operaciones ordinarias de descuentos de documentos desde la fecha de la mora hasta la de su efectivo pago.

II.- COSTAS conforme se considera.

III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."

(No se consignan votos en disidencia en la pieza remitida.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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