ASEN YAZMIN DANIELA Y OTROS c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
Los actores promovieron acción de cobro de pesos contra Citytech S.A. por diferencias salariales y remuneratorias. La Cámara rechazó por inadmisible el recurso de casación de la demandada por no acreditar la “gravedad institucional” requerida para habilitar la vía extraordinaria.
¿Quién es el actor?
Asen Yazmin Daniela y otros.
¿A quién se demanda?
Citytech S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos (reclamo laboral / diferencias salariales).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó por inadmisible el recurso de casación interpuesto por Citytech S.A. contra la sentencia n.º 26 del 5/5/2023.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"2- Del análisis de los requisitos exigidos por la ley procesal del fuero para la admisibilidad del recurso, se verifica que:
a. El recurso fue interpuesto en tiempo procesal hábil, ello considerando que la sentencia impugnada fue notificada en el domicilio real de la parte demandada el 29 de mayo de 2023 (cédula diligenciada agregada al expediente el 01/06/2023), y al haber interpuesto el recurso mediante presentación en fecha 16/05/2023 a horas 08:27, cuando aún no se había completado con la referida notificación de la sentencia objeto de recurso, resulta temporánea conforme al plazo que consagra la norma, dentro del término de cinco (5) días de notificada la sentencia - artículo 132 del Código Procesal Laboral (en lo sucesivo, CPL).
...
A partir de esta condición, se advierte del escrito en el que se funda el presente recurso en examen, que la cuestión propuesta señala la existencia de una pretendida arbitrariedad en la sentencia de la Cámara e invoca lesiones a ciertas garantías constitucionales, pero no fundamenta ni logra evidenciar la existencia de un supuesto de gravedad institucional, al no verificarse incidencia de lo resuelto sobre la comunidad y la buena marcha de las instituciones.
De esa manera, dichas alegaciones resultan insuficientes para estimar configurado el supuesto de gravedad institucional que torne procedente la apertura de la vía recursiva intentada, el que ha sido delineado por nuestra CSJT “como existente en aquellos casos que exceden el mero interés particular de los litigantes y atañen también a la colectividad, vulneran algún principio constitucional básico y la conciencia de la comunidad o puede resultar frustratorio de derechos de naturaleza federal con perturbación en la prestación de servicios públicos” (CSJT., sentencias números 393 del 8/07/94; 862 del 29/12/94; 193 del 27/03/96 y 455 del 12/06/97, entre otras)."
"3- Conforme lo merituado ut supra, se exime a este Tribunal de continuar analizando los demás requisitos de admisibilidad previstos en Ley 6.204, modificada por Ley 8.969, en consecuencia el recurso intentado resulta inadmisible. Así lo declaro."
"4- Por lo expuesto al no estar cumplidos los requisitos propios del referido remedio procesal que habilitan la vía intentada, se concluye que corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada –Citytech SA- en contra de la sentencia n.° 26 dictada el 5 de mayo de 2023 por esta Sala 6ª de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo integrada al efecto. Así lo declaro."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto del vocal preopinante Carlos San Juan (fundamentado) y adhesión de la vocal Graciela Beatriz Corai. Decisión por unanimidad de las firmas que integran el acuerdo.
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