MELCHIORI ASAT MICAELA NICOLE c/ . CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
Se regula honorarios por actuaciones en recursos de casación y extraordinario federal en la causa Melchiori Asat Micaela Nicole v. Citytech S.A. s/ Cobro de pesos. El Tribunal fijó montos específicos para los letrados intervinientes y aplicó la tasa activa del Banco Nación, con voto en disidencia que discute la interpretación del art. 38 de la Ley Nº 5.480.
¿Quién es el actor?
Melchiori Asat Micaela Nicole.
¿A quién se demanda?
Citytech S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos.
¿Qué se resolvió?
Se regularon honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación (sent. N°1602 del 22/12/2022) y al recurso extraordinario federal (sent. N°555 del 19/05/2023), con los siguientes montos:
Por recurso de casación: a Miguel Ángel Nader (apoderado) $164.000 y a Rafael Eduardo Rillo Cabanne (apoderado) $155.000.
Por recurso extraordinario federal: a Miguel Ángel Nader (apoderado) $155.000 y a Rafael Eduardo Rillo Cabanne (apoderado) $155.000.
Se tomó como base la suma fijada en primera instancia ($968.377,46 al 31/10/2021), se aplicó la tasa activa cartera general nominal anual del Banco de la Nación Argentina y resultó $2.073.515 al 26/06/2023; se aplicaron los arts. 14, 15, 19, 38, 39, 51 y concordantes de la Ley Nº 5.480 y art. 50 inciso 1 del CPL.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Vienen estos autos a conocimiento y resolución del Tribunal para regular honorarios por las actuaciones cumplidas en relación a los recursos de casación y extraordinario federal interpuestos por la parte demandada, y que fueran resueltos por esta Corte Suprema de Justicia, en fechas 22 de diciembre de 2022 (Actuación N° H103654184125), y 19 de mayo de 2023 (Actuación N° H103654401138).
Se tomará como base regulatoria la suma fijada en primera instancia, la cual asciende a $968.377,46, al 31/10/2021 (conforme sentencia N°678 del 19/11/2021).
Se aplicará la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, lo que arroja la suma de $2.073.515 al 26/06/2023.
Se tendrán en cuenta las pautas y porcentajes que surgen de aplicar los arts. 14, 15, 19, 38, 39, 51, demás concordantes de la Ley Nº 5.480 y el artículo 50 inciso 1 del CPL.
Por ello, se
RESUELVE:
I.- REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia N° 1602 de fecha 22 de diciembre de 2022, a los letrados: Miguel Ángel Nader (apoderado), en la suma de $164.000 (pesos ciento sesenta y cuatro mil) y Rafael Eduardo Rillo Cabanne (apoderado), en la suma de $155.000 (pesos ciento cincuenta y cinco mil).
II.- REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso extraordinario federal resuelto mediante sentencia N° 555 de fecha 19 de mayo de 2023, a los letrados: Miguel Ángel Nader (apoderado), en la suma de $155.000 (pesos ciento cincuenta y cinco mil) y Rafael Eduardo Rillo Cabanne (apoderado), en la suma de $155.000 (pesos ciento cincuenta y cinco mil).
HÁGASE SABER."
¿Cómo votaron los jueces?
"En el presente juicio se reguló honorarios -en Iª Instancia- al letrado Miguel Ángel Nader en la suma de $210.138 y al letrado Rafael Rillo Cabanne en la suma de $105.069, por sus labores profesionales en los autos principales. Esas sumas se tomaron en cuenta para la regulación en Cámara, donde se reguló al letrado Miguel Ángel Nader en la suma de $81.458,69 y al letrado Rafael Rillo Cabanne en la suma de $33.941,12 (conforme sentencia N° 130 de fecha 26 de julio de 2022).
En ese marco, y a los efectos de establecer la adecuada regulación en el presente caso, resulta necesario abordar la exégesis que cabe dar al último párrafo del art. 38 de la Ley Nº 5.480, cuyo texto íntegro establece que “Por la tramitación de primera instancia en los juicios o asuntos por sumas de dinero o bienes susceptibles de apreciación pecuniaria, los honorarios del abogado se fijarán entre el once por ciento (11%) y el veinte por ciento (20%) del monto del proceso. En los casos de transacción, la regulación se practicará sobre el monto total que resulte de la misma. […] Los honorarios del abogado de la parte vencida, se fijarán entre el seis por ciento (6%) y el catorce por ciento (14%) del monto del proceso. […] En ningún caso los honorarios del abogado serán inferiores al valor establecido para una (1) consulta escrita vigente al tiempo de la regulación”.
Frente a dicho texto, comparecen dos interpretaciones bastante diferenciadas... A mi juicio, la interpretación que sostiene que el mínimo legal juega independientemente en cada instancia del proceso, no luce coherente y armónica con la economía de todo el sistema legal. ... A la luz de estas premisas, la interpretación que sostiene que el mínimo legal juega independientemente en cada instancia del proceso, no luce coherente y armónica con la economía de todo el sistema legal. ... interpreto que se debe regular honorarios al letrado Miguel Ángel Nader en la suma de $81.458,69 y al letrado Rafael Rillo Cabanne en la suma de $33.941,12, por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación... Respecto de los honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso extraordinario federal... corresponde regular honorarios al letrado Miguel Ángel Nader en la suma de $81.458,69 y al letrado Rafael Rillo Cabanne en la suma de $33.941,12."
(Se consignó voto en disidencia parcial/total del Dr. Antonio Daniel Estofán).
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