ORTEGA GONZALO DANIEL Y ORTEGA TRISTAN ALBERTO c/ ORTEGA RICARDO IGNACIO s/ ORDINARIO FUERO DE ATRACCION
Los actores Ortega Gonzalo Daniel y Ortega Tristán Alberto interpusieron recurso extraordinario federal contra la sentencia de fecha 23/05/2023. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso por procurar revisión de cuestiones de hecho y prueba y por ausencia de cuestión federal debidamente fundada.
¿Quién es el actor?
Ortega Gonzalo Daniel y Ortega Tristán Alberto (representados por el letrado Ruiz Nuñez Carlos Alberto).
¿A quién se demanda?
Ortega Ricardo Ignacio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia de fecha 23 de mayo de 2023 dictada por la misma Corte (causa caratulada “Ortega Gonzalo Daniel y Ortega Tristán Alberto vs. Ortega Ricardo Ignacio s/ Ordinario fuero de atracción”). El recurrente pretende la revisión de la resolución anterior.
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso extraordinario federal; se impusieron las costas al recurrente; se reservó pronunciamiento sobre honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso ha sido prolijamente reseñado y analizado en el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 6 de julio de 2023, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite, sustancialmente referidos a que el recurso procura una revisión a cuestiones de hecho y prueba y las denuncias de arbitrariedad respecto de la valoración probatoria no logran ser sostenidas por una adecuada fundamentación. Es decir, no se advierte la existencia de cuestión federal y la denuncia de arbitrariedad no exhibe fundamentos suficientes ni novedosos."
"Por ello, encontrándose recusado el señor Vocal doctor Daniel Leiva y visto lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, cuyo dictamen se protocoliza, se RESUELVE: I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso extraordinario federal interpuesto por el letrado Ruiz Nuñez Carlos Alberto en representación de las partes actoras, señores Ortega Gonzalo Daniel y Ortega Tristán Alberto contra la sentencia de este Tribunal de fecha 23 de mayo de 2023. DISPONER que se protocolice el dictamen del Ministerio Público Fiscal, adjunto a la presente. II.- COSTAS, como se consideran. III.- RESERVAR pronunciamiento sobre honorarios para su oportunidad."
(No consta voto en disidencia en el texto proporcionado.)
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