CUELLO FRANCISCO PABLO s/ DENUNCIA -RECURSO DE APELACION-
El representante de Francisco Pablo Cuello impugnó por casación una sentencia contravencional que confirmó resolución de la Dirección de Comercio Interior por presunta infracción a la Ley de Defensa del Consumidor. La Corte rechazó el recurso y confirmó que la acción administrativa no se encontraba prescripta, sosteniendo la aplicabilidad del art. 50 LDC (texto vigente al inicio del trámite) y que el inicio de las actuaciones administrativas interrumpe la prescripción hasta que la resolución quede firme.
¿Quién es el actor?
Francisco Pablo Cuello, por su representante legal (recurrente en casación).
¿A quién se demanda?
Dirección de Comercio Interior (resolución administrativa impugnada); Secretaría Contravencional del Centro Judicial Capital (sentencia apelada).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se cuestiona la procedencia de la sanción administrativa impuesta por la DCI y, en casación, se alega la prescripción de la acción punitiva estatal; el recurrente sostiene que corresponde aplicar los plazos del Código Penal (art. 62 inc. 5 CP) y que la acción prescribió en dos años.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación; se confirmó la sentencia de la Secretaría Contravencional que no hizo lugar al planteo de prescripción y confirmó la Resolución N° 55-311-DCI-16 de fecha 22/01/2016. Se impusieron costas a la recurrente en esta instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con anterioridad al 01/08/2015 regía el art. 50 de la LDC, en su versión según la Ley 26.361 ... 'Prescripción. Las acciones judiciales, las administrativas y las sanciones emergentes de la presente ley prescribirán en el término de tres (3) años. ... La prescripción se interrumpirá por la comisión de nuevas infracciones o por el inicio de las actuaciones administrativas o judiciales'."
"De lo examinado precedentemente surge de modo evidente que las actuaciones administrativas iniciadas por la Dirección de Comercio Interior en fecha 04/05/2015, por el incumplimiento del proveedor al art. 4 LDC, dejaron además configurada la causal de interrupción de la prescripción prevista en el citado art. 50 de la LDC (texto según Ley 26.361), proyectándose sus efectos hasta el momento en el cual la decisión administrativa allí tomada quede eventualmente firme. Ello también conduce inevitablemente a negar que la acción administrativa hoy estudiada haya estado prescripta como erróneamente alega la recurrente."
"Por último, resulta forzada y manifiestamente incorrecta la pretensión de la recurrente de intentar emparentar el caso de autos con lo resuelto por la CSJN en el precedente 'Alpha Shipping' ... en la causa bajo examen, existen normas nacionales y específicas especialmente aplicables al caso ... que desactivan de plano la posibilidad de utilizar las normas del Código Penal para intentar dar solución a supuestos como el abordado en estos autos..."
¿Cómo votaron los jueces?
Unanimidad. Los tres Vocales (Leiva, Estofán y Posse) adhirieron al voto preopinante y resolvieron en acuerdo.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
- Ley 26.361Defensa del consumidor
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