SORIA ALDO OMAR c/ MEDIDIAGNOS S.R.L. s/ COBRO DE PESOS
La parte demandada interpuso queja por casación denegada en causa por cobro de pesos contra Medidiagnos S.R.L. El tribunal declaró inadmisible la queja por falta de documentación exigida por el artículo 140 del CPL, al no acompañarse constancias que acrediten la tempestividad del recurso de casación.
¿Quién es el actor?
Soria Aldo Omar (parte actora en el proceso de cobro de pesos).
¿A quién se demanda?
Medidiagnos S.R.L. (parte demandada que interpuso la queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Proceso por cobro de pesos; en esta instancia se ventila la queja por casación denegada interpuesta por la demandada contra resolución que tuvo por desistido su recurso de casación.
¿Qué se resolvió?
Declarar inadmisible el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10/10/2023 de la Sala I de la Cámara de Apelación del Trabajo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De acuerdo a las constancias del sistema informático SAE la recurrente presentó la queja en término, pero no se acompañaron la totalidad de las copias de los instrumentos que el artículo 140 del Código Procesal Laboral -en adelante CPL- manda adjuntar al recurso de queja por casación denegada."
"En el caso que nos ocupa, no se acompañó el cargo digital del recurso de casación deducido ni de la diligencia de notificación personal de la sentencia recurrida en casación, dirigida al domicilio real del demandado en la que conste la fecha en que se cumplió la diligencia de tal notificación ni copia alguna de ningún acto procesal que hubiera suplido dicha notificación."
"Las omisiones señaladas no permiten tener por acreditada la fecha en que fue planteado el recurso de casación de la demandada a fin de analizar si ha sido interpuesto en tiempo oportuno. En consecuencia, este Tribunal se encuentra impedido de verificar tal circunstancia, por incumplimiento de la exigencia impuesta por el artículo 140 del CPL... Lo expuesto basta para concluir que el recurso de queja de marras es inadmisible, resultando inoficioso el análisis de los restantes requisitos de admisibilidad del recurso de casación."
¿Cómo votaron los jueces?
La señora Vocal Dra. Eleonora Rodríguez Campos fundó la decisión mayoritaria en los fundamentos precedentes; las Dras. Claudia Beatriz Sbdar y Daniel O. Posse (firmante) adhirieron. El Dr. Daniel Leiva emitió voto en disidencia, cuyo texto finaliza proponiendo:
"I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de queja por casación denegada interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de fecha 10/10/2023, dictada por la Sala I, de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, del Centro Judicial Capital. II.- PROTOCOLIZAR el dictamen del Ministerio Público Fiscal, de fecha 26/10/2023."
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