YBAñEZ EVELYN ROXANA c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS
La actora demandó por cobro de pesos reclamando diferencias salariales por jornada completa y encuadramiento bajo el CCT 130/75. La Corte Provincial hizo lugar parcial al recurso de casación de la demandada por arbitrariedad en la motivación de la Cámara respecto del CCT de empresa 1622/2019E y remitió la causa para nuevo pronunciamiento, declarando inadmisibles los agravios sobre el CCT 781/20.
¿Quién es el actor?
Ybañez Evelyn Roxana (actora/trabajadora).
¿A quién se demanda?
Citytech S.A. (empleadora).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por diferencias salariales y demás rubros indemnizatorios por considerar aplicable jornada completa (CCT 130/75) frente a la liquidación realizada según CCT 1622/2019E y eventuales convenios sectoriales (CCT 781/20).
¿Qué se resolvió?
Se declaró parcialmente inadmisible el recurso de casación respecto del CCT 781/20; se hizo lugar parcialmente al recurso de casación por arbitrariedad motivacional de la sentencia de Cámara al no ponderar integralmente el CCT 1622/2019E y las pruebas sobre el encuadramiento, se casó parcialmente la sentencia impugnada (dejando sin efecto sus puntos resolutivos I —excepto lo relativo al CCT 781/20—, II y III) y se remitieron los autos a la Cámara para que dicte nuevo pronunciamiento. Costas de esta instancia por el orden causado; honorarios reservados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Surge así que la Cámara descartó la aplicación al caso del CCT 1622/2019E sin ponderar suficiente y razonablemente los términos del referido convenio y las constancias y pruebas de la causa pertinentes y atendibles vinculadas a las concretas y reales condiciones en las que se desenvolvió la relación laboral entre las partes. Al decidir así, el fallo impugnado incumplió con el deber de motivación que le imponen los arts. 18 de la Constitución Nacional y 30 de la Constitución de la Provincia de Tucumán y 126, 136 y 212 del CPCyC a los que remite el art. 46 del CPL (cfr. “Varvaro, Víctor Adolfo vs. Citytech S.A. s/cobro de pesos”, sent. n° 1611 del 18/12/2023). Tal déficit del fallo determina su descalificación como acto jurisdiccional válido a la luz de la doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad de sentencia. En consecuencia, y sin que ello implique pronunciamiento alguno sobre el régimen aplicable al caso y menos aún sobre la procedencia o no de las diferencias de haberes e indemnizaciones reclamadas, corresponde hacer lugar al recurso incoado por la parte demandada, dejando sin efecto íntegramente la sentencia impugnada conforme a la siguiente doctrina legal: "Es arbitraria y, por ende, nula la sentencia que carece de fundamentos suficientes”. En consecuencia, corresponde remitir estos actuados a la Excma. Cámara del Trabajo, para que por la Sala que por turno corresponde, dicte nuevo pronunciamiento."
"El recurso de casación ha sido interpuesto en término contra una sentencia definitiva, denuncia –con fundamentos suficientes- la configuración del supuesto excepcional de gravedad institucional, infracción normativa y arbitrariedad de sentencia, y se ha cumplido con el requisito del afianzamiento (cfr. arts. 130/133 del CPL). Sin embargo, el escrito recursivo solo se basta parcialmente a sí mismo en cuanto a sus fundamentos fácticos y jurídicos. En efecto, las alegaciones efectuadas por la demandada en relación al CCT N.º 781/20 lucen desvinculadas de los argumentos sobre los que la Cámara basó el rechazo de los agravios de aquella contra el fallo de primera instancia. La recurrente omite realizar una crítica suficiente de los argumentos que sustentan la decisión cuestionada, incumpliendo con la carga de rebatir fundadamente las razones dadas por el sentenciador para rechazar su recurso de apelación en este punto."
(Voto de mayoría: Vocales Sbdar, Rodríguez Campos y Leiva en idéntico sentido).
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