PEREZ DANIEL JOSE c/ SUCESORES DE TERAN LOPEZ MARIA HIPOLITA DEL CARMEN s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA
El actor promovió acción declarativa de certeza y, en subsidio, prescripción adquisitiva breve contra detentadores de otro título registral. La Corte declaró inadmisible el recurso de casación por improcedente y por carecer de crítica razonada que revele arbitrariedad o violación de ley, confirmando la impossibilidad de acceder a la vía extraordinaria.
¿Quién es el actor?
Pérez Daniel José.
¿A quién se demanda?
Sucesores de Terán López María Hipólita del Cármen "POLA" y detentadores del otro título registral.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción declarativa de certeza sobre cuál título registral tiene vigencia; subsidiariamente, prescripción adquisitiva breve contra los detentadores del otro título.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el actor contra la sentencia de la Cámara (sent. N°33/26-02-2024). Se impusieron las costas al recurrente y se reservó regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto y como concluye el señor ministro fiscal, el recurso deviene inadmisible por imperio de lo normado por el art. 806 del CPCC, desde el momento que queda expedita otra vía de reparación ulterior para la tutela efectiva de los derechos que alega la parte recurrente."
"El recurso en cuestión carece de los indispensables desarrollos tendientes a poner de manifiesto el error, ilegitimidad y/o arbitrariedada de la sentencia en crisis. Se está en presencia de un recurso de casación que, en puridad, se motiva en una mera discrepancia del recurrente con la resolución del Tribunal de Alzada, sin haber aportado argumentos idóneos para justificar la pretensa arbitrariedad de lo decidido."
"Como se dijo, el demandado insiste en esta instancia de casación con planteos ya explicitados y resueltos en las instancias inferiores; en otras palabras, pretende la apertura del recurso extraordinario local para procurar un nuevo estudio sobre cuestiones que recibieron oportuna y fundada respuesta, sin lograr en ese intento la formulación de argumentos sólidos y demoledores de las particulares consideraciones realizadas por la Cámara al rechazar la apelación del recurrente."
"En mérito a los argumentos expuestos, y de conformidad con lo dictaminado por el señor Ministro Fiscal, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por el actor contra la sentencia N° 33 de fecha 26 de febrero de 2024, pronunciada por la Sala II de la Excma. Cámara en lo Civil y Comercial Común del Centro Judicial Concepción."
¿Cómo votaron los jueces?
Unánime (Drs. Estofán, Posse y Leiva votaron en el mismo sentido). No hay votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.