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Tribunal Superior

BUS PACK S.A s/ SU DENUNCIA

Se regula honorarios por la actuación en el recurso de casación promovido por Bus Pack S.A. por la suma de $100.000. El Tribunal tomó como base la suma fijada en instancia anterior, aplicó actualización hasta el 10/06/2024 y consideró que corresponde fijar honorarios por debajo del mínimo de una consulta escrita por razones de proporcionalidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Corte
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
623/2023
Honorarios Recurso de casacion Actualizacion monetaria Ley 5.480 Art. 38 Art. 51 Consulta escrita (minimo) Regulacion de honorarios Sala laboral y contencioso administrativo Discrepancia jurisdiccional

¿Quién es el actor?

Bus Pack S.A. (recurriente en casación).

¿A quién se demanda?

No surge parte procesal contraria en la resolución de regulación; la regulación se ordena respecto del letrado apoderado Esteban Ignacio Goane.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto por sentencia N° 587 de fecha 09/05/2024.

¿Qué se resolvió?

Regular honorarios al letrado Esteban Ignacio Goane en la suma de $100.000 (pesos cien mil) por las actuaciones en el recurso de casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes de la sentencia (texto tal cual):

"Vienen estos autos a conocimiento y resolución del Tribunal para regular honorarios por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación interpuesto por la razón social Bus Pack S.A., y que fuera resuelto por esta Corte Suprema de Justicia, Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo, en fecha 09 de mayo de 2024 (Actuación N° H101366592910).

Se tomará como base regulatoria la suma fijada en la instancia anterior, la cual asciende a $50.000, al 23/12/2020 (conforme Resolución N° 1498-311-DCI-20).

Se aplicará la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina, la cual calculada al 10/06/2024, asciende a la suma de $180.922.

Se tendrán en cuenta las pautas y porcentajes que surgen de aplicar los arts. 14, 15, 19, 38, 39, 51, y demás concordantes de la Ley Nº 5.480.

Consideramos que en el presente caso, fijar los honorarios profesionales atendiendo al valor vigente de una consulta escrita ocasionaría una evidente desproporción entre ese arancel mínimo previsto legalmente y la importancia de la labor cumplida en el recurso de casación dado el resultado obtenido y el interés patrimonial comprometido. Por las razones expuestas y conforme las facultades conferidas por los arts. 13 de la Ley N° 24.432 y 1.255 del C.C.y C.N., estimamos que existen motivos suficientes para fijar honorarios por debajo de los valores establecidos para una consulta escrita.

Por ello, se

RESUELVE:

REGULAR HONORARIOS por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia N° 587 de fecha 09 de mayo de 2024, al letrado Esteban Ignacio Goane (apoderado), en la suma de $100.000 (pesos cien mil).

HÁGASE SABER."

¿Cómo votaron los jueces?

"Frente a dicho texto, comparecen dos interpretaciones bastante diferenciadas, la primera para la cual el mínimo legal juega independientemente en cada instancia del proceso; ... A su vez, una segunda interpretación permite sostener que el mínimo legal se encuentra previsto exclusivamente para la primera instancia; ... A la luz de estas premisas, la interpretación que sostiene que el mínimo legal juega independientemente en cada instancia del proceso, no luce coherente y armónica con la economía de todo el sistema legal. ...

En ese marco, interpreto que se debe regular honorarios al Esteban Ignacio Goane en la suma de $105.000 (30% del mínimo legal actual), por las actuaciones cumplidas en relación al recurso de casación resuelto mediante sentencia n° 587 de fecha 09/05/2024."

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