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Tribunal Superior

GARCIA MARCELO DANIEL c/ DI BACCO Y CIA. S.A. s/ ESPECIALES (RESIDUAL)

El actor promovió recurso de casación contra la sentencia que, en apelación, rechazó su demanda laboral. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso por falta del requisito de gravedad institucional exigido por el art. 130 del Código Procesal Laboral y, en consecuencia, rechazó la demanda casatoria y condenó en costas a la actora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
607/18
Recurso de casacion Inadmisibilidad Gravedad institucional Art. 130 cpl Sentencia definitiva Camara de apelacion del trabajo Costas Regimen procesal laboral Arbitrariedad en la valoracion Reserva de honorarios

¿Quién es el actor?

Garcia Marcelo Daniel (parte actora).

¿A quién se demanda?

Di Bacco y Cia. S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción laboral (especiales - residual) objetando la sentencia de la Cámara de Apelación del Trabajo que, en apelación, sustituyó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda.

¿Qué se resolvió?

La Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la actora por no acreditarse la “gravedad institucional” requerida por el art. 130 del CPL; impuso las costas a la actora y reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):

"Sin embargo, no se advierte configurada en autos la exigencia de gravedad institucional que requiere el Código Procesal Laboral como requisito concurrente al de definitividad de la sentencia impugnada a los fines de la intervención de esta Corte por la vía del recurso extraordinario de casación. De acuerdo al Código Procesal Laboral el recurso de casación procede “en contra de las sentencias definitivas dictadas por la Cámara de Apelación del Trabajo y contra las demás sentencias de ese tribunal que tengan la virtualidad de poner fin al pleito o hacer imposible su continuación, únicamente en la medida en que el punto debatido asuma gravedad institucional” (art. 130, CPL, texto según Ley 8969, BO del 04-01-2017, las cursivas me pertenecen)."

"El planteo casatorio propuesto por la parte actora no logra poner en evidencia la configuración de la antes mencionada gravedad institucional.

Por un lado, el recurrente no realizó un esfuerzo argumental pormenorizado de la razón por la cual el presente caso reviste gravedad institucional, a los fines de superar una de las exigencias impuestas en el diseño procesal para justificar la intervención de esta Corte. Por otro lado, tampoco se advierte configurada tal gravedad en las alegaciones efectuadas en ninguno de los tres agravios planteados por el recurrente, los cuales, en definitiva, implican simplemente la existencia de una pretendida arbitrariedad en la valoración de los términos de la demanda y de las constancias de este expediente, pero no constituyen una cuestión con idoneidad para configurar un supuesto de gravedad institucional."

Bloque dispositivo final (texto original):

"I.- DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la sentencia sentencia n° 302 del 18 de diciembre de 2023 de la Sala VI de la Cámara de Apelación del Trabajo.

II.- COSTAS, como se consideran.

III.- RESERVAR pronunciamiento sobre regulación de honorarios para su oportunidad."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia registra votación unánime: las Dras. Eleonora Rodríguez Campos y Claudia Beatriz Sbdar y el Dr. Daniel Leiva coincidieron en la inadmisibilidad por falta de gravedad institucional y en la imposición de costas a la actora. El voto mayoritario es el bloque dispositivo textual citado.

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