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Cámara de Apelaciones

MARTINEZ ZUCCARDI RAMON RODOLFO c/ SUCESION DE MANUEL MARTINEZ NAVARRO s/ COBRO DE PESOS

El actor reclamó diferencias salariales, aguinaldos, remuneraciones anuales y multas por registración indebida contra la Sucesión de Manuel Martínez Navarro y sus coherederos. La Cámara de Apelación del Trabajo hizo lugar parcialmente a las demandas acumuladas, fijó fecha de ingreso el 1/6/1986, reconoció remuneración mensual de $1.000 y anual de $30.000 y condenó a los coherederos a pagar sumas millonarias con intereses y costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 6 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - Sala 6
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
725/01
Trabajo Remuneracion Remuneracion anual Multa art.10 ley 24.013 Registracion Antiguedad Intereses Sucesion/herederos Competencia Honorarios. Observaciones breves (no narrativas Solo aclaratorias): la sentencia es decisoria sobre el fondo en todos los puntos laborales planteados Contiene el detallado calculo de capitales e intereses aplicando tasa pasiva bna y regula costas y honorarios La camara declaro incompetente para la reconvencion por administracion indebida y ordeno remitirla al fuero civil.

¿Quién es el actor?

Ramón Rodolfo Martínez Zuccardi (hoy difunto; la acción continúa a favor de sus herederos).

¿A quién se demanda?

Sucesión de Manuel Martínez Navarro y sus coherederos: Emma Zuccardi de Martínez Navarro, Emma Cecilia Martínez Zuccardi, Jorge Agustín Martínez Zuccardi, Ariadna Inés Martínez Zuccardi y Manuel A. Martínez Zuccardi (con pronunciamientos diferenciales).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por diferencias de sueldos por descuentos en cuenta personal (varios períodos), diferencias de SAC, remuneraciones anuales pactadas ($30.000 por distintos años), multas del art.10 Ley 24.013 por registración deficiente y otras prestaciones y actualizaciones/aportespensionables.

¿Qué se resolvió?

La Cámara hizo lugar parcialmente a las demandas acumuladas (expte. 725/01, 925/04 y 2614/09), fijó fecha de ingreso 1/6/1986, reconoció remuneración mensual de $1.000 hasta septiembre de 1997 y remuneración anual de $30.000 como habitual; condenó a diversos coherederos a pagar las sumas detalladas en las planillas del fallo (totales por expediente: $13.077.334,51; $10.956.840,11; $3.190.036, entre otras), absolvió en parte, rechazó varias pretensiones (p. ej. diferencias de aportes jubilatorios) y declaró incompetente al fuero para conocer la contrademanda por administración indebida, ordenando su remisión al fuero civil y comercial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre fecha de ingreso (v. punto 7): "Estas razones me llevan a la conclusión de que, avalado el contenido de la posición propuesta en el pliego del actor por la documentación laboral de la empresa, debe tenerse por confesa a la parte demandada respecto de este punto y, en consecuencia, establecer como fecha de ingreso del actor el día 1/6/1986. Así lo declaro."

Sobre remuneración mensual de $1.000 (v. punto 8.1): "Todas las razones apuntadas, que acreditan el pago mensual de $1.000 al actor, netos de deducciones y retenciones, hasta el mes de septiembre de 1997, animan mi convicción de que esa fue la remuneración mensual convenida por las partes, y que las deducciones realizadas a partir de dicho periodo -imputadas a gastos- constituyeron una reducción injustificada de su haber mensual. Por lo tratado, se establece como remuneración convenida con el actor la suma de $1000. Así lo declaro."

Sobre remuneración anual de $30.000 (v. punto 8.2): "Por ello, corresponde en la especie hacer efectivo el apercibimiento contenido en la disposición transcripta, y tener por reconocido que las partes convinieron el pago de $30000 anuales como remuneración de los servicios prestados por el actor para Manuel Martínez Navarro y sus sucesores."

Bloque dispositivo final (extracto): "RESUELVE ... V. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda interpuesta en el expediente n.° 725/01 ... CONDENAR ... la suma de $13.077.334,51 ... VI. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda ... CONDENAR ... la suma de $10.597.835,28 ... VII. HACER LUGAR a la demanda interpuesta en el expediente n.° 2614/09 ... CONDENAR ... la suma de $3.190.036 ... IX. HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda interpuesta en el expediente n.° 925/04 ... CONDENAR ... la suma de $10.956.840,11 ... XII. DECLARAR LA INCOMPETENCIA de este tribunal ... REMÍTASE la causa al Juez Civil y Comercial Común ... XIV. REGULAR HONORARIOS ...".

(No hubo votos en disidencia: la Vocal Segunda "por compartir los fundamentos ... voto en igual sentido").

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