JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

SUCESION DE EDUARDO CARLINO c/ BARINAGA MANUEL ENRIQUE s/ REIVINDICACION

La Sucesión de Eduardo Carlino impugnó la sentencia que desestimó su acción reivindicatoria frente a Momba S.A. y Barinaga, discutiendo la validez probatoria de documentos y la cosa juzgada en un pleito por prescripción adquisitiva. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán declaró inadmisible el recurso de casación por recaer en mera discrepancia probatoria y falta de demostración de arbitrariedad o error de derecho, confirmando la reserva de valoración probatoria por los tribunales de mérito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
664/11
Reivindicacion Prescripcion adquisitiva Usucapion Valoracion probatoria Cosa juzgada Adulteracion documental (pericia) Inadmisibilidad Costas Codigo de velez Consumo juridico.

¿Quién es el actor?

Sucesión de Eduardo Carlino (apoderado recurrente).

Demandado/Reconvención: Momba S.A. y Manuel Enrique Barinaga (reconviniendo por prescripción adquisitiva).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción reivindicatoria sobre inmueble (fracción/padrón N° 470.679, aprox. 198 ha) y discusión sobre prescripción adquisitiva/usucapión y validez de prueba documental (contrato de pastaje, convenio de deslinde, boletas comunales y de la DGR).

¿Qué se resolvió?

La Corte Provincial declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la actora contra la sentencia de la Cámara (07/11/2023) que confirmó la sentencia de primera instancia. Se impusieron costas a la recurrente y se reservó la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El agravio debe rechazarse por no advertirse violación a los lineamientos del reenvío o a los principios de la cosa juzgada."

"En definitiva, Se advierte que la crítica del fallo parte, en lo sustancial, de un desacuerdo sobre la valoración de los hechos y de las pruebas realizada por los Tribunales de mérito para rechazar la admisión. A tal especie, pertenecen los agravios referidos a la interpretación de los alcances de la demanda, y la imposición de costas. Empero, el planteo casatorio carece de los indispensables desarrollos tendientes a poner de manifiesto el error y/o la ilegitimidad de la sentencia en crisis."

"Por lo expuesto, corresponde declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por el actor, contra la sentencia del 7 de noviembre de 2023, pronunciada por la Sala I de la Excma. Cámara Civil y Comercial Común del Centro Judicial Capital."

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron los Dres. Posse (preopinante), Estofán y Leiva; acuerdo en declarar inadmisible el recurso (unanimidad).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.