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Cámara de Apelaciones

DEL PRETE NADIA MABEL c/ BANCO MACRO S.A. s/ SUMARISIMO (RESIDUAL)

El letrado Juan Lucas Rivadeo solicitó la regulación de honorarios por las actuaciones en alzada vinculadas a la sentencia del 27/09/2023. La Cámara reguló honorarios de instancia en $400.000 para Juan Lucas Rivadeo y $400.000 para Sebastián Alberto Gómez Guchea, según lo considerado por la mayoría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2143/20
Regulacion de honorarios Honorarios de instancia Ley de aranceles (la) Art. 51 la Art. 38 la Camara de apelaciones tucuman Voto en disidencia Suma $400.000 Jurisdiccion civil Solicitud de letrado

¿Quién es el actor?

El letrado Juan Lucas Rivadeo, que solicitó la regulación de sus honorarios.

¿A quién se demanda?

Al Tribunal/Alzada (solicitud dirigida a la Sala para la regulación de honorarios de la instancia).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios por las actuaciones realizadas ante la Alzada, culminadas con la sentencia del 27/09/2023.

¿Qué se resolvió?

Se regula el monto de honorarios de la instancia en la suma de $400.000 para Juan Lucas Rivadeo y $400.000 para Sebastián Alberto Gómez Guchea, conforme lo considerado en la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Efectuados los cálculos correspondientes considerando dicho monto -25 y 30%, art. 51, LA-, no se superan los mínimos legales del art. 38, in fine, LA.

Por lo dicho, corresponde regular los honorarios de la Instancia, a los letrados Juan Lucas Rivadeo -patrocinante de la actora, ganador-, y Sebastián Alberto Gómez Guchea -apoderado de la demandada, perdedor- en la suma de $400.000 (pesos cuatrocientos mil), para cada uno."

¿Cómo votaron los jueces?

"Tomando dicha base regulatoria -$250.000 más intereses desde el 01/02/24 al 31/08/24 a tasa activa promedio BNA, según cálculo de la página del Colegio de Abogados de Tucumán-, se obtiene la suma de $354.293,84.

...

Por lo expuesto, se fijan los honorarios por la labor profesional cumplida en la alzada relacionada con la sentencia del 30/11/22, en la suma de $ 320.000 (el valor equivalente a 2 jubilaciones mínimas) para el letrado Diego Campisi, quien actuó como patrocinante de la parte demandada, que resulto ganadora y en la suma de $160,000 una jubilación mínima para el letrado Marcelo Fabian Pasqualini quien actuó como apoderado de la parte actora, que resulto perdedora. RESUELVE: REGULAR honorarios por la labor profesional cumplida en la alzada relacionada con la sentencia del 27/09/2023, a los letrados Juan Lucas Rivadeo y Sebastián Alberto Gómez Guchea, en la suma de $160.000, según lo considerado.

Así lo voto."

(Se preserva que la decisión mayoritaria es la señalada en el bloque resolutivo final: regulación en $400.000 para cada letrado.)

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