CIARES OSCAR RODOLFO c/ FCA S.A DE AHORROS PARA FINES DETERMINADOS s/ SUMARIO (RESIDUAL)
El actor promovió incidente por mantenimiento de astreintes derivadas de una orden de entrega de vehículo contra FCA S.A. de Ahorros para Fines Determinados. La Cámara confirmó la sentencia que dejó sin efecto las astreintes a partir del 06/11/2023, sosteniendo la provisionalidad y función coercitiva de las astreintes y que su eliminación es procedente cuando cesa la resistencia del obligado.
¿Quién es el actor?
CIARES Oscar Rodolfo (representado por el Dr. Germán Esteban Muler).
¿A quién se demanda?
FCA S.A. de Ahorro para Fines Determinados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Mantenimiento/restitución de astreintes impuestas por incumplimiento de orden de entrega de un vehículo (medida cautelar de entrega de vehículo Fiat Strada o similar).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de la actora y se confirmó la sentencia de fecha 19/04/2024 que dejó sin efecto las astreintes a partir del 06/11/2023; costas por orden causado; honorarios a resolver oportunamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las astreintes son un medio de tutela, protección, o defensa de un derecho reconocido judicialmente. 'Constituyen un medio, facultad o herramienta que el derecho ha instrumentado para posibilitar y asegurar la eficacia del crédito. Y, dentro de ese instrumental, ostentan un carácter marcadamente excepcional' (LOPEZ MESA, Marcelo, 'Código Civil y Comercial de la Nación' T. 6A, 2021, p. 423)."
"Es así que una de las mayores características que poseen es su provisionalidad y en la ausencia de cosa juzgada respecto de la resolución que las impuso... En otras palabras, su determinación no causa estado porque su cuantía no tiene la estabilidad que otorga la cosa juzgada, en razón de que pueden ser dejadas sin efecto o reajustadas en cualquier momento, a criterio del juez."
"De este modo, no solo tienen una función coercitiva, sino que también pueden cumplir una función punitiva en casos específicos, con el fin de garantizar el acatamiento de las mandas judiciales, y justamente es ahí su naturaleza teleológica... Si la conminación que imponen las astreintes resulta eficaz y el deudor acata lo mandado, el órgano jurisdiccional puede reducir la multa correspondiente aun dejarla sin efecto, pero ello es a condición de que el requerido hubiese cumplido con su obligación (arts. 794 y 798, CCCN)."
"De lo expuesto entonces corresponde no hacer lugar al recurso de apelación incoado por el letrado Germán Muler por la parte actora, debiendo confirmar la sentencia de fecha 19/04/2024 conforme lo considerado."
¿Cómo votaron los jueces?
decisión del Tribunal acordada en el bloque dispositivo; no se registra disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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