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Tribunal Superior

RODRIGUEZ CARLOS ALBERTO c/ BERKLEY INTERNACIONAL LIFE CIA. s/ CONTRATO ORDINARIO

La demandada interpuso recurso de queja por casación denegada contra la sentencia de la Cámara Civil y Comercial Sala III del 07/08/2024 en causa por contrato ordinario. La Corte Suprema provincial rechazó la queja por inadmisible la casación al considerar que la sentencia impugnada no es definitiva ni equiparable a tal y que no se advierte la gravedad institucional invocada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Civil y Comercial Común, Civil en Familia y Sucesiones y Penal
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2973/11-Q1
Recurso de queja Casacion denegada Inadmisibilidad Sentencia no definitiva Art. 805 cpcct Contrato ordinario Camara civil y comercial sala iii Ministerio publico fiscal Protocolo de dictamen Provincia de tucuman.

¿Quién es el actor?

Rodríguez Carlos Alberto (actor/demandante).

¿A quién se demanda?

Berkley Internacional Life Compañía (demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

conflicto originado en contrato ordinario (causa "Rodríguez Carlos Alberto vs. Berkley Internacional Life Cía. s/ Contrato ordinario").

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la demandada; se protocolizó el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 27/8/2024.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los antecedentes del caso y la cuestión planteada han tenido un adecuado tratamiento por parte del Ministerio Público Fiscal, cuyos fundamentos esta Corte comparte y a los cuales se remite."

"En síntesis, el recurso no puede prosperar (cf. art. 805, CPCCT), dado que la sentencia que se pretende impugnar en casación no es definitiva ni equiparable a tal, el recurso de casación resulta inadmisible, sin que se advierta la gravedad institucional invocada por la recurrente."

Bloque dispositivo final: "I.- NO HACER LUGAR al recurso de queja por casación denegada interpuesto por la demandada, contra la sentencia de fecha 07/8/2024, dictada por la Sala III, de la Excma. Cámara Civil y Comercial Común, del Centro Judicial Capital. II.- PROTOCOLIZAR el dictamen del Ministerio Público Fiscal de fecha 27/8/2024."

(Se incorpora el dictamen del Ministerio Público Fiscal como fundamento adoptado por la Corte.)

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