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Cámara de Apelaciones

QUIROGA, RAMON ESTEBAN c/ COMUNA RURAL DE LOS RALOS Y OTRO s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió acción de daños y perjuicios por accidente ocurrido mientras afirmaba prestar tareas de mantenimiento del alumbrado público como beneficiario del Plan Jefes y Jefas de Hogar. La Cámara rechazó la demanda por ausencia de prueba suficiente que acredite la orden comunal y el nexo causal adecuado entre la conducta estatal y el daño.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
804/10
Danos y perjuicios Plan jefes y jefas de hogar Alumbrado publico Responsabilidad estatal Nexo causal adecuado Prueba testimonial Falta de documentacion probatoria Rechazo de demanda Costas Reserva honorarios.

¿Quién es el actor?

Ramón Esteban Quiroga.

¿A quién se demanda?

Comuna Rural de Los Ralos (la Provincia de Tucumán fue inicialmente co-demandada pero el actor desistió contra ella).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios por accidente ocurrido el 28/01/2008 (o 30/01/2008 según testimonios), por la suma de $547.812,91 en concepto de incapacidad sobreviniente (48,10% según pericia privada), daño psicológico, daño moral y gastos médicos.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar a la demanda; costas a la actora; reserva de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En la especie lo dicho se traduce en la prueba de la relación de causalidad adecuada entre el daño alegado y el hecho que se señala como origen de éste, pues no podría válidamente imputarse a la Comuna las causas que llevaron a los daños que alega padecer la parte actora, si no se demuestra la existencia del referido nexo causal."

"Del material probatorio analizado en el punto precedente, una respuesta negativa se impone a ese interrogante tácitamente formulado. Ello es así, porque de los dos testigos presenciales del hecho (Iramain y Pizarro), únicamente el primero declara que '...por orden del Delegado, tenían que cambiar los focos del Barrio Belgrano' (ver respuesta 13era.). Nótese que el otro testigo (Pizarro), en coincidencia con Iramain, sólo declara que el actor trabajaba por planes sociales como electricista, sin horarios fijos, desde 2007 a 2008 (ver respuestas 7ma., 8va. y 9na.) pero no indica que lo haya hecho por orden de ninguna autoridad comunal."

"Por otra parte, la obligación de desempeñar la tarea que invoca Quiroga no se ve apoyada en ninguna prueba documental, como planillas de asistencia o fichas que haya llevado la Comuna para acreditar la prestación del servicio que necesaria para cobrar el plan... la vinculación que parece surgir de ella, se contrapone con la información brindada por la demandada ... que informa que no existen en el archivo comunal registros con respecto a la asistencia diaria del Sr. Ramón Esteban Quiroga por haber efectuado trabajos para la Comuna, ni registros de contraprestaciones abonadas a él con el plan social 'Jefe y Jefas de Hogar'."

"En mérito al cúmulo de razones expuestas, cabe concluir que en la causa no ha quedado acreditada la relación de causalidad adecuada y estricta que requiere la doctrina y la jurisprudencia antes citadas, entre los daños y la actividad estatal, toda vez que el actor no demostró acabadamente que el accidente se haya producido mientras prestaba servicios para la demandada por orden de la autoridad comunal."

¿Cómo votaron los jueces?

la Sra. Vocal Dra. Ana María José Nazur adhirió al voto preopinante.

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