PALACIO GUSTAVO MARCELO c/ BANCO MACRO S.A. s/ SUMARIO
El letrado Gustavo Marcelo Palacio demandó a Banco Macro S.A. por trato indigno y reclamó daño moral y punitivo. La Cámara modificó la sentencia de grado: confirmó el daño moral por $360.000, impuso además daño punitivo de $1.000.000 con intereses y ordenó la publicación de la sentencia.
¿Quién es el actor?
Gustavo Marcelo Palacio, por derecho propio (letrado).
¿A quién se demanda?
Banco Macro S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
acción de consumo por trato indigno en sucursal bancaria (demora de 2:30 hs el 04/01/2023), reclamando daño moral, daño punitivo y publicación de la sentencia.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría (Dra. Laura A. David y Dr. Álvaro Zamorano), NO hizo lugar al recurso de apelación de la demandada y HACIÓ LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación del actor, MODIFICANDO la sentencia de primera instancia para: (i) confirmar el reconocimiento del trato indigno y condenar a Banco Macro al pago de $360.000 por daño moral con intereses a calcular desde la mora (04/01/2023) a la tasa activa del BNA hasta el efectivo pago; (ii) imponer daño punitivo de $1.000.000 con intereses desde la fecha del pronunciamiento (08/04/2024) hasta el efectivo pago; (iii) ordenar la publicación, en un diario de amplia circulación, de una síntesis de los hechos, tipo de infracción y sanción en el plazo de quince días una vez que la sentencia quede firme; costas a la demandada; y reservar honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En suma, cuando el objeto del servicio bancario consiste en el uso de parte de terceros (clientes/usuarios) de servicios que tienen como destino final una utilización que agota la prestación contratada, se establece una relación de consumo... Por lo considerado, el agravio vinculado a la inaplicabilidad del régimen de la LDC formulado por la demandada, se rechaza."
"Ya ha quedado establecido ... que el incumplimiento objetivo se configura al transgredir los plazos fijados por la ley; y que ello aconteció en el caso por haber hecho esperar al actor por un plazo mayor a los 30 o incluso 90 minutos que prevé la ley... existen elementos suficientes en autos para establecer el incumplimiento objetivo al art. 1 de la ley 8.895 por parte de Banco Macro en perjuicio del Sr. Palacio..."
"En consecuencia, con este alcance el agravio del actor resulta procedente, debiendo modificarse el cómputo de los intereses en el sentido indicado."
"Por todo ello, contrariamente a lo que señaló el pronunciamiento de grado, el daño punitivo en este tipo de casos resulta plenamente procedente... Bajo dichos parámetros, considerando que la demandada es una entidad bancaria que propició un trato indigno al actor... estimo razonable imponerle una multa de $1.000.000 (un millón de pesos) a favor del actor. A ella se le adicionarán intereses conforme a la tasa activa del BNA a partir de la fecha del pronunciamiento de primera instancia y hasta el efectivo pago."
"En mérito a lo considerado corresponde hacer lugar al agravio, y disponer que la publicación deberá efectuarse en el plazo de quince días, una vez que la presente sentencia quede firme, debiendo acreditarse en el expediente el cumplimiento de lo aquí dispuesto; y deberá contener una síntesis de los hechos que originaron la condena, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada (conf. art. 47, Ley 24.240)."
(No constan votos en disidencia relevante; la decisión fue adoptada por coincidencia de dos votantes.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.