DE CAMILO GUSTAVO HERNAN Y OTROS c/ CONCEPCION FUTBOL CLUB s/ COBRO DE PESOS
Los actores demandaron por cobro de pesos reclamos laborales derivados de contratos de futbolistas profesionales y adeudos salariales e indemnizatorios. La Cámara de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a Concepción Fútbol Club al pago de $5.238.123,82, por entender acreditada la relación laboral y la autenticidad de los contratos registrados en AFA.
¿Quién es el actor?
Gustavo Hernán De Camilo; Pablo Ignacio Desposito; Diego Maximiliano Antonio; Juan Pablo Raponi.
¿A quién se demanda?
Concepción Fútbol Club.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos por salarios adeudados, primas y rubros indemnizatorios derivados de contratos de futbolistas profesionales (saldos de contrato, indemnización por antigüedad, SAC, prima, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de Concepción Fútbol Club y se confirmó la sentencia de Primera Instancia N°271 (09/08/2024) que condenó al club al pago de $5.238.123,82 y a costas. Se regularon honorarios de Alzada ($211.096,40 y $87.500).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) “En la presente litis, la parte accionada Concepción Futbol Club fue notificada de la interposición de la demanda en su contra en fecha 30/08/2018 … pero no hay constancias de que aquélla hubiera contestado dicho traslado. Ante ello, correspondía -tal como lo hizo el Juez A quo- aplicar el artículo 58 del CPL que, en su segundo párrafo, prescribe: ‘(…) En caso de falta de contestación, se presumirán como ciertos los hechos invocados y como auténticos y recepcionados los documentos acompañados a la demanda, salvo prueba en contrario. Esta presunción procederá si el trabajador acreditare la prestación de servicios (…)’.”
2) “Revisadas las constancias de la causa, verifico que los actores aportaron como prueba documental contratos celebrados con Concepción Futbol Club en fecha 01/08/2016 y presentados ante la ‘Asociación del Futbol Argentino - Gerencia de Registro de Jugadores’, conforme sello registrador de fecha 22/09/2016 y 23/09/2016; además, observo que los cuatro accionantes adjuntaron copias de ‘órdenes de pago’ … Por otra parte, observo que en el CPA N°2 (prueba informativa) las entidades ‘Futbolistas Argentinos Agremiados’ y ‘Asociación del Futbol Argentino (AFA)’ corroboran que cada uno de los actores celebró con Concepción Futbol Club un ‘contrato profesional’ del ‘Torneo Federal AFA’ … Ante ello, no cabe sino, tener por cierta no solo la existencia del vínculo contractual habido entre las partes litigantes sino también las condiciones de dicha vinculación, que surgen de las cláusulas de los respectivos contratos.”
3) “En suma, por los fundamentos expuestos y el examen de las constancias de la causa, realizado a la luz de la normativa citada, considero que no le asiste razón a la parte demandada cuando ataca la sentencia de Primera Instancia, alegando falta de fundamentación. Es que, al contrario de lo que argumenta la parte recurrente, observo que las conclusiones del Judicante de grado inferior … lucen acordes con las constancias de la causa y poseen suficiente sustento jurídico. En este punto, … la parte accionada … no ha elaborado una fundamentación suficiente que demuestre un yerro en las conclusiones del Juez A quo y que, por tanto, autorice a revocar la sentencia. … Propongo el rechazo del recurso de apelación … la cual, debe ser confirmada en todo lo que fue materia de agravios.”
¿Cómo votaron los jueces?
Voto preopinante de la Dra. Malvina M. Seguí (fundamentos desarrollados) y adhesión del Dr. Pedro P. Stordeur; acuerdo unánime.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.