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Cámara de Apelaciones

AGUIRRE JUAN CARLOS c/ TOPPER ARGENTINA S.A. s/ COBRO DE PESOS

El actor reclamó indemnizaciones laborales por despido sin justa causa y rubros salariales, incluyendo SAC sobre preaviso. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de la demandada y modificó la sentencia de grado únicamente en la tasa de interés aplicable, sustituyéndola por la tasa pasiva del BCRA y reduciendo el monto condenado a $12.841.773,76.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DEL TRABAJO - CONCEPCION - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA DEL TRABAJO - CONCEPCION - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
20/23
Despido Indemnizacion por antiguedad Preaviso Sac sobre preaviso Tasa de interes judicial Tasa pasiva bcra Recurso de apelacion Honorarios Tasas bna Credito alimentario laboral Observaciones adicionales breves: la camara confirmo la procedencia del rubro sac sobre preaviso (rechazando el agravio en ese punto) pero modifico la tasa de interes aplicada por razones de prudente apreciacion y tutela del credito alimentario Aplicando la tasa pasiva del bcra Ello motivo la reduccion del monto condenado y la consecuente recalibracion de honorarios y costas.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Aguirre (DNI 24.279.358).

¿A quién se demanda?

Topper Argentina S.A. (CUIT 30-50052532-7).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos por indemnizaciones e ítems laborales derivados de la extinción del contrato (indemnización por antigüedad, sustitutiva por falta de preaviso, SAC sobre preaviso, integración por mes de despido, doble indemnización, diferencias salariales, vacaciones y SAC proporcional, etc.).

¿Qué se resolvió?

Se declara procedente parcialmente la demanda; la Cámara confirma la procedencia de los rubros indemnizatorios principales pero hace lugar parcialmente al recurso de apelación de la demandada para modificar la tasa de interés aplicada en la sentencia de primera instancia, pasando de "una vez y media la tasa activa cartera general del BNA" a la "tasa pasiva promedio del BCRA"; como consecuencia se reduce la condena a $12.841.773,76 y se recalculan honorarios y costas de conformidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Conforme a lo expuesto, teniendo presente que el rubro “SAC sobre preaviso” constituye el complemento del correcto cálculo de la indemnización sustitutiva de preaviso, el fallo dictado en primera instancia -que resolvió en igual sentido- resulta acertado. En consecuencia, corresponde rechazar el presente agravio. Y así voto."

"Lo expuesto permite concluir que, a los fines de la determinación de la tasa de interés, resulta de vital importancia que los jueces al fijar la misma lo hagan de acuerdo a su prudente apreciación y en base a las circunstancias especiales de cada caso. ... En el caso que nos ocupa, el juez de primera instancia no realizó ese análisis pormenorizado y concreto que esta Sala viene exigiendo, por lo que, teniendo en cuenta lo precedentemente expuesto corresponde analizar la petición del recurrente y la decisión tomada en la sentencia en crisis, para determinar, finalmente, cuál debe ser la tasa de interés a aplicar en autos."

"Por las razones expuestas, considero que cabe hacer lugar al agravio, y disponer la aplicación de la tasa pasiva del BCRA a los créditos declarados procedentes en autos. Y así voto."

Bloque dispositivo final:

"I- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por la demandada Topper Argentina SA ... debiendo en consecuencia modificarse la planilla de fallo, con aplicación de la tasa pasiva BCRA a los créditos declarados procedentes en autos, conforme lo considerado. En consecuencia se revoca la sentencia nº 408 de fecha 26/09/2024 ... dictándose en sustitutiva lo siguiente: ... se condena a la demandada a pagar al actor, la suma de $ 12.841.773,76 ... Las sumas condenadas devengarán un interés equivalente a una vez y media la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a 30 días que percibe el Banco de la Nación Argentina como se considera." (Nota: el dispositivo contiene la corrección establecida en el fallo respecto a la tasa aplicable en el cuerpo del fallo; la modificación concreta dispuesta fue la aplicación de la tasa pasiva del BCRA).

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia se acuerda por mayoría unánime (Vocal preopinante Dra. Malvina M. Seguí; voto adheso del Vocal Dr. Pedro P. Stordeur). No se registra disidencia.

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