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Cámara de Apelaciones

CONSTRUCTORA GAMA S.R.L. c/ DAVALOS CARINA Y MERCANTIL ANDINA s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

La actora reclamó daños y perjuicios derivados de un siniestro vial y el incumplimiento de la aseguradora en asumir cobertura. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia: rechazó la exclusión de cobertura por falta de pago, condenó solidaria y concurrentemente a la aseguradora y al conductor por distintos rubros y fijó indemnización por daño moral de $6.000.000.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
2968/15
Accidente de transito Seguro Exclusion de cobertura Productor de seguros Responsabilidad civil Dano moral $6.000.000 Condena solidaria Poliza n? 009092706 Costas Apelacion

¿Quién es el actor?

Constructora Gama S.R.L. (en el expediente título) y Carina del Valle Dávalos (actora en el expediente acumulado; además es demandada en el título).

¿A quién se demanda?

En distintos roles: señora Carina del Valle Dávalos; Compañía aseguradora La Mercantil Andina S.A.; productores de seguros María Eugenia Mateu y Alberto Arnaldo Mateu.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito ocurrido el 16/06/2015; y en el expediente acumulado, reclamo de la Sra. Dávalos contra la aseguradora por la exclusión de cobertura por presunta falta de pago y por incumplimiento contractual.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a las apelaciones. Se rechazó la excepción de exclusión de cobertura por falta de pago; se hizo lugar parcialmente a la demanda por incumplimiento contractual de Dávalos contra La Mercantil Andina S.A. y a la vez se la condenó a responder conforme póliza N° 009092706; se condenó a La Mercantil Andina S.A. y a Alberto Arnaldo Mateu al pago de $6.000.000 por daño moral; se condenó solidaria y concurrentemente a Dávalos y a la aseguradora al pago de $444.812,56 a Constructora Gama S.R.L.; se regularon costas en proporciones entre las partes; costas de alzada 50% y 50% entre La Mercantil Andina S.A. y Dávalos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En suma, lo analizado precedentemente me genera la convicción de que los pagos correspondientes a las cuotas 1, 2 y 3 del año 2015 del contrato de seguro identificado con la póliza N° 009092706, fueron realizados en tiempo y forma por la señora Carina del Valle Dávalos, por lo que la suspensión de la cobertura alegada por la aseguradora resulta ilegítima y contraria a derecho.

Por lo expuesto, cabe receptar favorablemente el agravio en estudio y, en consecuencia, rechazar la exclusión de cobertura por falta de pago opuesta por la Compañía de Seguros La Mercantil Andina S.A."

"Por ello, estimo justo y equitativo admitir el presente rubro y conceder a la actora la suma de $6.000.000, a la fecha de este pronunciamiento, lo que que le permitirá, por ejemplo, acceder a la compra de cinco televisores de 55 pulgadas (ver https://www.mercadolibre.com.ar/...), no encontrándose justificadas las razones para reconocer, en el caso concreto, un monto mayor.

A dicho monto, deberán adicionarse intereses a calcular de la siguiente manera: a) aplicando una tasa del 8% anual, desde el 13/07/2015 (fecha del rechazo de la cobertura mediante carta documento) hasta la fecha de esta sentencia; y, b) aplicando la tasa activa promedio mensual del Banco Nación Argentina, desde la fecha de esta sentencia hasta su total y efectivo pago."

"De esta manera, establecida la responsabilidad civil de la compañía aseguradora (La Mercantil Andina S.A.) y de la productora de seguros autorizada (María Eugenia Mateu), a continuación me avocaré al tratamiento de los rubros indemnizatorios reclamados en el escrito de demanda."

¿Cómo votaron los jueces?

voto de la Dra. Marcela F. Ruiz (preopinante) y adhesión de la Dra. María del Pilar Amenábar; acuerdo por mayoría (2/2) y dispositivo final conforme lo transcripto.

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