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Tribunal Superior

OSORIO ROCIO DEL MILAGRO c/ CITYTECH S.A. s/ COBRO DE PESOS

La actora promovió demanda por cobro de pesos contra Citytech S.A. por relación laboral y aplicación de Convenio Colectivo de Trabajo. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la demandada, casó parcialmente la sentencia de la Cámara y remitió el expediente para nuevo pronunciamiento, aplicando precedente vinculante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1084/22
Casacion Convenio colectivo de trabajo Centro de contacto Doctrina vinculante Citytech s.a. Multa art. 80 lct Remision Admisibilidad Precedente aranda Costas.

¿Quién es el actor?

Osorio Rocío del Milagro (actora).

¿A quién se demanda?

Citytech S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de pesos en el marco de una relación de trabajo; discusión sobre la validez, alcances y vigencia del Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a tareas en centro de contacto y categorías profesionales.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia N° 123 de la Cámara de Apelación del Trabajo, Sala I (20/05/2024), casó parcialmente la sentencia dejando sin efecto el Punto I excepto en lo relativo a la multa del artículo 80 LCT, y remitió los autos a la Cámara para que dicte nuevo pronunciamiento conforme a lo considerado. Se impusieron las costas por el orden causado y se reservó la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes del fallo (lenguaje original del tribunal):

"III.- Las cuestiones planteadas en esta causa resultan sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte Suprema en el precedente “Aranda Patricio Damián vs. Citytech S.A s/ Cobro de pesos”, Sentencia N° 1166 del 06/09/2024, a cuya totalidad de fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad, y cuyo enlace se adjunta a la presente sentencia, a los fines de garantizar su efectivo conocimiento por las partes en este juicio.

Conforme a lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso incoado por la parte demandada, dejando sin efecto íntegramente la sentencia impugnada conforme a la siguiente doctrina legal: "Los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia de Tucumán conociendo por vía de casación constituyen doctrina judicial obligatoria vinculante para los tribunales inferiores, cuando la identidad del caso a resolver encuadra en el precedente”."

"IV.- En mérito a lo expuesto, corresponde HACER LUGAR al recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia N° 123 de la Excma. Cámara de Apelación del Trabajo, Sala I, de fecha 20/05/2024 y, en consecuencia, CASAR PARCIALMENTE dicha sentencia, dejando sin efecto el Punto I, excepto en lo que refiere a la multa del artículo 80 LCT, conforme la doctrina legal expuesta en los considerando, II y III y REMITIR estos actuados al referido Tribunal a fin que, por la Sala que por turno corresponda, dicte en lo pertinente un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo considerado."

(Se consignan además los votos de los Dres. Claudia Beatriz Sbdar y Daniel Leiva adhiriendo al voto preopinante de la Dra. Eleonora Rodríguez Campos.)

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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