GALVAN JOSE ALBERTO Y REY DE GALVAN VICTORIA PAULINA ESTELA s/ SUCESION
La coheredera inició incidente pidiendo sanciones por supuesto abuso procesal y se apeló la sentencia que rechazó sancionar al letrado apoderado. La Cámara declaró desierto el recurso del letrado Juárez y rechazó el recurso de la heredera, confirmando que no correspondía aplicar sanciones económicas por los arts. 23 a 26 del CPCC.
¿Quién es el actor?
María Eugenia Galván Rey (heredera/incidentista) promovió incidente pidiendo sanciones económicas contra el letrado Marcelo Billone y contra el administrador C.P.N. José Emilio Juárez; además, hubo apelación presentada por el letrado Oscar Atilio Juárez en representación de José Emilio Juárez.
¿A quién se demanda?
El letrado Marcelo Billone (pedido de sanción) y el C.P.N. José Emilio Juárez (multas y apercibimientos existentes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Aplicación de sanciones económicas por ejercicio abusivo del derecho/abuso procesal y por incumplimiento de los deberes procesales (arts. 23 a 26 CPCCT), y revisión de multas ya impuestas (entre ellas una anterior de $150.000 y otra de $4.000.000 informada en la sentencia de grado).
¿Qué se resolvió?
I) Declara desierto el recurso de apelación interpuesto por el letrado Oscar Atilio Juárez contra la sentencia de fecha 23/10/24; II) Rechaza el recurso de apelación de María Eugenia Galván Rey respecto del punto II) de la sentencia de 23/10/24, y confirma la decisión de primera instancia en lo materia de agravios; III) Costas a los vencidos; IV) Honorarios oportunamente.
Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes y citas textuales importantes; lenguaje original preservado):
"El escrito de expresión de agravios deberá contener la crítica concreta y razonada de los puntos de la sentencia que el recurrente considere que afectan a su derecho, expresa el art. 777 CPCC. Esta norma exige como recaudo ineludible de un memorial de agravios, una crítica sobre la sentencia en cuanto afecta al interesado.
...
De la literalidad del escrito presentado por el recurrente, se aprecia que no reúne los recaudos necesarios para constituir sostén del remedio procesal articulado ya que se limita a contabilizar la cantidad de páginas de extensión de la sentencia recurrida, minimizar la cantidad de incidencias en las cuales se les aplicó astreintes, realizar cuestionamientos personales, sin fundamentar la oposición o dar bases jurídicas. ... Por lo que el presente recurso alcanza resultado negativo, declarándoselo desierto."
"Entrando al estudio de la cuestión propuesta, debo destacar ... que 'El abuso del proceso no es más que una especie del abuso del derecho, (...) el desempeño de las partes dentro del proceso debe ajustarse a idénticos parámetros que marca la ley civil de fondo...' ... sostenía el A quo que 'ante la duda razonable de la configuración de la temeridad o malicia, debe optarse por la amplitud de defensa, recordando que el Juez está obligado a proceder con cautela, porque al vencido ya se le aplican costas. La imposición de sanciones no puede obedecer al solo hecho que las acciones y defensas hayan sido finalmente desestimadas...' ...
Por lo tanto, a criterio de esta Sala ... se encuentra ajustada a derecho la decisión de rechazar el pedido de aplicar sanciones económicas al letrado Marcelo Billone en base al incumplimiento de los arts. 23 al 26 del CPCC por su actuar procesal."
(Agrega el dispositivo final:) "I°) DECLARAR DESIERTO el recurso de apelación deducido por el letrado Oscar Atilio Juárez... II°) RECHAZAR el recurso de apelación interpuesto por la letrada María Eugenia Galván Rey... III°) COSTAS: A los vencidos (art 62 CPCCT)..."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia; el bloque dispositivo final fue firmado por las vocales Dra. María Cecilia Menéndez y Dra. Ana Carolina Cano. El texto de resolución se impone como decisión de la mayoría.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.