JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ABRAHAM JOSE ELIAS c/ VILLAVICENCIO FACUNDO s/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió cobro ejecutivo por un pagaré de $6.000.000 con vencimiento el 12/04/2024. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la ejecución por entender acreditada la falsedad material de la firma, y desestimó los agravios del actor fundándose en el deber del juez de aplicar el derecho (iura novit curia) y en la preclusión probatoria.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL EN DOCUMENTOS Y LOCACIONES - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1423/24
Cobro ejecutivo Pagare Falsedad material Pericia caligrafica Iura novit curia Congruencia (art.128 cpcc) Preclusion Costas Confirmacion de sentencia $6.000.000

¿Quién es el actor?

José Elías Abraham (actor/executante).

¿A quién se demanda?

Facundo Villavicencio (ejecutado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo de pesos por la suma de $6.000.000, en base a un pagaré con cláusula sin protesto, vencido el 12/04/2024.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación del actor y se confirmó la sentencia de fecha 13/02/2025 que negó la ejecución por entender acreditada la falsedad de la firma y la inadecuación del título. Se impusieron costas al recurrente en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la parte actora apela y expresa agravios contra el fallo de mención. Cuestiona que la sentencia en crisis incurre en una flagrante violación al principio de congruencia contemplado por el art. 128 del CPCC... Por todo ello, solicita se revoque la sentencia del inferior y se haga lugar a la ejecución con expresa imposición de costas a la parte contraria."

"Abierta la causa a prueba, se producen las pruebas ofrecidas por la parte demandada, entre ellas la pericial caligráfica, de cuyo dictamen surge: 'Que la firma inserta en el extremo inferior derecho del pagare con fecha de vencimiento 12 de abril de 2024, por la suma de $ 6.000.000 (Seis Millones) no se corresponde con el haber escriturario del Señor Facundo Villavicencio, es decir no le pertenece a su mano caligrafico' y 'Que la escritura del llenado del pagare con fecha de vencimientо 12 de abril de 2024, no se corresponde con el haber escriturarios del Señor Villavicencio Facundo, es decir no le pertenece a su mano caligrafico'."

"Dicha resolución es apelada por la parte ejecutante... En este caso en particular, considera que la sentencia tiene opuesta no sólo una excepción no articulada por el demandado sino que además manifiesta que aquel negó la firma inserta en el instrumento situación que no ocurrió en autos, según su criterio. En este punto yerra el apelante, en primer lugar por cuanto no es ajustado a la realidad que la jueza de origen haya violado el principio de congruencia por cuanto, como se dijo anteriormente, el demandado al momento de apersonarse, efectivamente opuso excepciones de inhabilidad de título y falsedad material y negó la firma inserta en el instrumento... lo que hizo la jueza de grado fue, en base al principio iura novit curia, aplicar las normas que rigen al caso concreto independientemente del encuadre legal que realizó el demandado y esto no configura una violación al principio de congruencia alegado por el ejecutante..."

"De todo lo expuesto se colige que no se observa en autos que se haya violado el principio de igualdad entre las partes como lo expresara el accionante, motivo por el cual tampoco será receptado dicho agravio. Por lo que al no haber logrado en su memorial de agravios el actor Sr. José Elías Abraham revertir los motivos sentenciales, se rechazará la apelación interpuesta, y se confirmará la resolución del 13 de febrero de 2025. Con relación a las costas generadas en esta Instancia, se imponen al recurrente por resultar vencido (Art. 62 CPCC - Ley 9531)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se informa voto en disidencia; la resolución lleva las firmas de los magistrados de la Sala III (Cossio, Movsovich, García Degano), y el bloque dispositivo final fija la decisión por mayoría (confirmación).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.