UNCOS NELIDA LEONOR Y OTRA c/ SEGUROS RIVADAVIA COOP.LIMITADA Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
La parte recurrente impugnó la sentencia regulatoria de honorarios cuestionando la base de cálculo y la regulación separada de las letradas. La Cámara hizo lugar al recurso, corrigió la base regulatoria y revocó la distribución independiente de honorarios entre las Dras. Leslie L. García Serna y Gisela V. García Serna, disponiendo nueva regulación y porcentajes aplicados.
¿Quién es el actor?
UNCOS Nélida Leonor y otra (actrices) — representación de las mismas por las Dras. Leslie Loreley García Serna y Gisela Verónica García Serna.
¿A quién se demanda?
Seguros Rivadavia Coop. Limitada y otros; recurrente en apelación: Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros, apoderado Dr. Pablo Aráoz.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Disputa por la regulación de honorarios fijada en sentencia de fecha 30/08/24; impugnación de la base regulatoria y de la regulación autónoma a favor de las letradas que actuaron conjuntamente.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el Dr. Pablo Aráoz, se modificó la regulación de honorarios practicada por el a quo y se estableció una nueva regulación para todos los profesionales intervinientes (montos y reparticiones especificadas). Se impusieron costas a la parte actora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A.- Daños materiales $ 124.000,00 desde el 26/11/2018 hasta el 27/8/2024 Activa BNA $ 469.693,98
B.- Privación de uso desde el 25/3/2017 al 24/8/2023 8% anual $ 25.676,71 y desde 24/8/2023 al 27/8/2024 Activa BNA $ 55.696,13.
C.- Gastos de sepelio $ 20.000,00 desde el 25/3/2017 hasta el 27/8/2024 Activa BNA $ 86.443,47.
D.- Daño moral madre $ 500.000 desde el 25/3/2017 al 24/8/2023 8% anual $ 256.767,12 y desde el 24/8/2023 hasta el 27/8/2024 Activa BNA $ 556.961,33.
E.- Daño moral padre $ 500.000 desde el 25/3/2017 al 24/8/2023 8% anual $ 256.767,12 y desde el 24/8/2023 al 27/8/2024 Activa BNA $ 556.961,33.
F.- Subtotales 2.264.967,19 y actualización Total al 27/08/24 $ 3.458.967,19.
Efectuados nuevamente los cálculos correspondientes a los diferentes rubros y teniendo en cuenta las actualizaciones correspondientes a cada uno de ellos, en base a lo determinado mediante sentencias de grado y de cámara de fechas 24/08/23 y 24/04/24, se concluye que la planilla de cálculo acompañada por la parte apelante luce ajustada a derecho. Asimismo, se observa que ninguno de los interesados se opuso al progreso de la misma."
"En el caso concreto bajo análisis ambas letradas, Dra. Leslie Loreley García Serna y Gisela Verónica García Serna ejercieron de manera conjunta la representación de la parte actora por lo que la regulación más allá de la aplicación del mínimo legal previsto en el art. 38 in fine de la ley arancelaria debe efectuarse atendiendo a que existió una única representación de la parte efectuada de manera conjunta, ya que sostener lo contrario resultaría violatorio del principio de proporcionalidad. En mérito a tales consideraciones, la regulación que corresponda por la defensa de los accionantes será repartida entre ambas letradas teniendo en cuenta que la Dra. Leslie Loreley Garcia Serna intervino como apoderada de los actores cumpliendo las tres etapas del proceso principal. A su vez la letrada Gisela Verónica Garcia Serna actuó como apoderada de los actores cumpliendo dos etapas del proceso principal en conjunto con la Dra. Leslie Loreley Garcia Serna (prueba y alegatos)."
Bloque dispositivo final (transcripción):
"I.- HACER LUGAR al recurso de apelación interpuesto por el letrado Pablo Aráoz, apoderado de Mutual Rivadavia de Seguros del Transporte Público de Pasajeros,, en contra de la sentencia regulatoria de honorarios de fecha 30/08/24.
II.- ESTABLECER la regulación de honorarios por la labor desplegada en primera instancia de la siguiente manera: REGULAR HONORARIOS a la Dra. Leslie Loreley Garcia Serna y Dra. Gisela Verónica Garcia Serna en la suma total de $ 682.000 (repartidos de la siguiente manera, $454.666,6 y $ 227.333,3 respectivamente), al Dr. Pablo Aráoz la suma de $682.000, al Dr. Ernesto Baaclini la suma de $440.000, al Dr. Francisco Simón Moya la suma de $ 682.000 y al perito Ing. Mecánico Diego Federico Impellizzere la suma de $ 138.358,68 por sus actuaciones en los autos "UNCOS NELIDA LEONOR Y OTRA c/ SEGUROS RIVADAVIA COOP.LIMITADA Y OTROS s/ DAÑOS Y PERJUICIOS". EXPTE N°: 1262/17. Todo ello, a la fecha de esta resolución.
III.- COSTAS a la parte actora conforme se consideran.
IV- HONORARIOS oportunamente."
(No se consignan votos disidentes en el bloque dispositvo; la decisión consignada es la que integra el fallo mayoritario.)
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