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Cámara de Apelaciones

RUIZ O' CONNOR, RAUL FRANCISCO c/ EDET S.A. s/ DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios contra EDET S.A. por presunto daño a una heladera tras variación de tensión. La Cámara hizo lugar a la apelación de EDET S.A., revocó la sentencia de grado y absolvió a la demandada por falta de prueba del nexo causal y por violación del principio de congruencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 2
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1965/23
Responsabilidad objetiva Nexo causal Prueba pericial Principio de congruencia Danos y perjuicios Dano emergente Dano moral Dano punitivo Abstencion de condena Edet s.a.

¿Quién es el actor?

Raúl Francisco Ruíz O' Connor.

¿A quién se demanda?

EDET S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios (daño emergente, daño moral y daño punitivo) por el daño sufrido en una heladera tras un corte/variación de tensión ocurrido el 02/11/2021.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por EDET S.A., revocando íntegramente la Sentencia Nº 1452/09/10/2024 y no haciendo lugar a la demanda, absolviendo a la demandada; costas por el orden causado; reserva sobre honorarios; y recordatorio al juez de origen respecto del membrete.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes (texto original):

"En esta inteligencia, para el progreso de su acción el actor debía probar el nexo adecuado de causalidad entre el daño que alega haber sufrido, el concreto incumplimiento obligacional que atribuye a EDET S.A. en su demanda y la relación de causalidad entre ambos, lo que en la causa no ocurrió."

"Tal evidencia no fue producida en autos, no resultando la copia del presupuesto emitido por Refrigeración Aranzazu el 04/07/2022 una prueba idónea a ese efecto, y no habiendo ninguna de las partes ofrecido la prueba pericial pertinente, medio de prueba que hubiese permitido determinar adecuadamente tales circunstancias. Tal déficit probatorio impide responsabilizar a EDET S.A. por la falta de funcionamiento de la heladera del actor, no pudiéndose determinar que el daño invocado por el consumidor fuere consecuencia de la defectuosa reparación el electrodoméstico."

"El principio de congruencia... Es que, conforme también lo tiene dicho esta Sala... la modificación por el a quo del concreto incumplimiento que el actor atribuye a la demandada, ante la falta de prueba, importó vulnerar el principio de congruencia y afectar el derecho de defensa de la demandada, ambos, garantías fundamentales que asisten a todo litigante..."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (Dres. Benjamín Moisá y María Dolores Leone Cervera). No hubo disidencia relevante.

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