JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

LEDESMA MARIA DEL PILAR c/ BANCO SUPERVIELLE S.A. Y OTRA s/ PROCESOS DE CONSUMO

La actora promovió acción de consumo y daños y perjuicios por fraude electrónico contra Telecom Argentina S.A. La Cámara de Apelaciones hizo lugar a la apelación y condenó a Telecom al pago de $500.000 por daño moral y $600.000 por daño punitivo, por entender acreditada la condición de consumidora equiparada y la falla en la prestación del servicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
4219/22
Consumo Fraude electronico Sim swapping Consumidora equiparada Dano moral Dano punitivo Responsabilidad de proveedores Telecom argentina s.a. Intereses Costas

¿Quién es el actor?

María del Pilar Ledesma, DNI n°2.473.380.

¿A quién se demanda?

TELECOM ARGENTINA S.A. (codemandada; en autos también figuraba Banco Supervielle S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

restitución de sumas detraídas por fraude electrónico (acordada con el banco), y en lo que aquí continúa, indemnización por daño moral (peticionado $500.000) y daño punitivo (peticionado $500.000) contra Telecom por el duplicado de la SIM y perjuicios derivados.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la apelación interpuesta por la actora, revocando la negativa en cuanto a la responsabilidad de Telecom y condenándola a abonar $500.000 por daño moral y $600.000 por daño punitivo, más intereses; se dejò sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia y se impusieron las costas a la demandada vencida. Se reservó pronunciamiento sobre honorarios para oportunidad procesal correspondiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta interpretación encuentra respaldo en el artículo 1°, segundo párrafo, de la Ley 24.240, que define como consumidor también a quien, “sin ser parte de una relación de consumo como consecuencia o en ocasión de ella, adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa, como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social”. Asimismo, se ha reconocido expresamente esta figura, destacando que: “no resulta necesaria la existencia de un vínculo contractual directo para considerar a una persona como consumidora, bastando con que se beneficie del bien o servicio contratado por un tercero, dentro de un entorno familiar o social”."

"Es que, conforme ha quedado probado que el día 21/06/2022, en el curso normal y ordinario, existieron movimientos en la cuenta que podrían considerarse sospechosos, transferencias a usuarios poco habituales y por montos altos, entre otras. Cabe resaltar que los hechos ocurrieron enlazados con el duplicado de la línea telefónica y no se generó ningún tipo de acción para frenar éste tipo de actos irregulares e infrecuentes, todo lo cual me lleva a concluir que el sistema utilizado por la entidad bancaria no constituyó un sistema seguro pero tampoco lo fue la línea telefonica a traves de la cual se perpetró, o que al menos contara con medidas de seguridad esperables que garanticen un vínculo de confianza con sus clientes."

"Por ello, estimo justo y equitativo otorgar el monto y reconocer a la actora por este rubro la suma de $500.000, más los intereses del 8% desde la fecha del hecho (05/09/2022) hasta la fecha de la presente sentencia ... A la luz de todo lo expuesto, y teniendo en cuenta además que la co-demandada resulta ser una entidad dedicada a la prestación del servicio telefonico, con una cartera de clientes sumamente importante y presencia a nivel nacional, considero que el monto otorgado por este rubro debe fijarse en $600.000, los que deberán ser pagados en un plazo de diez días ..."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto de la Dra. Marcela F. Ruiz (preopinante) y adhesión del Dr. Alberto Martín Acosta; ambos conformaron la decisión que figura en el dispositivo final.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.