FABIANO JUAN ANGEL Y OTROS c/ AHMAD RAUL ALFREDO s/ EJECUCION HIPOTECARIA
Los actores promovieron ejecución hipotecaria por sumas en dólares contra Raúl Ahmad reclamando u$s 221.000 en conjunto. La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del Dr. Cáceres Dodds y modificó la regulación de honorarios en la primera etapa, corrigiendo la base regulatoria y la reducción aplicable, confirmando el porcentaje del 11% y la distribución 50/50 entre letrados por la representación sucesiva de los Spuches.
¿Quién es el actor?
Juan Ángel Fabiano; Maximiliano Federico Castro Di Risio; María Teresa Vallejo; Patricia Inés Spuches; María Victoria Spuches; y el Sucesorio de Antonio Manuel Spuches.
¿A quién se demanda?
Raúl Alfredo Ahmad.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución hipotecaria por sumas reclamadas en dólares (u$s 132.600 inicialmente por los tres primeros; u$s 88.400 por los Spuches; total u$s 221.000).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación del Dr. Alfredo Cáceres Dodds y se modificaron los honorarios regulados en primera instancia. Se conformó la base regulatoria discriminando intereses de cada litisconsorte conforme art. 13 de la ley arancelaria, se aplicó reducción del 10% por oposición de excepciones (art. 62), se mantuvo el 11% de la escala del art. 38 y se fijaron los importes en pesos convertidos al tipo de cambio vendedor del Banco Nación al día del auto regulatorio; además se distribuyeron 50%/50% los honorarios por la representación de los Spuches entre los letrados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En primer lugar, asiste razón al recurrente en sus cuestionamientos sobre la conformación de la base regulatoria. Del análisis de la causa se desprende que en fecha 18/09/2017, los actores Juan Ángel Fabiano, Maximiliano Federico Castro Di Risio y María Teresa Vallejo, iniciaron demanda contra el Sr. Raúl Alfredo Ahmad; por la suma total de u$s 132.600... Posteriormente, en fecha 09/05/2018, se presentaron Patricia Inés Spuches, María Victoria Spuches y el Sucesorio de Antonio Manuel Spuches, representados por el letrado Nazur, quienes adhirieron a los fundamentos de la demanda y ampliaron el objeto de la misma a la suma de u$s 88.400... En razón de ello, corresponde acoger a las quejas del recurrente y, en consecuencia, efectuar dicha discriminación en función del interés de los litisconsortes que cada letrado representó."
"Asimismo, tendrá favorable recepción el cuestionamiento sobre la incorrecta reducción de la base regulatoria, en tanto el art. 62 de ley arancelaria establece que aquélla debe efectuarse en el 10 % cuando hubo oposición de excepciones, tal como acontenció en autos (f. 66 del expediente físico, digitalizado en fecha 08/11/2024)."
"Por el contrario, las quejas no se atenderán en lo relativo al porcentaje del 11 % de la escala del art. 38 de la ley n.° 5480, aplicado por la sentenciante... La ponderación de los requisitos subjetivos que emergen del art. 15 de la ley remite a un juicio de valor privativo de los jueces y, salvo arbitrariedad manifiesta, no corresponde su modificación por la Alzada... De allí que a criterio del Tribunal, la solución propiciada por la sentenciante luce razonable, dentro del marco de la ley, los principios de equidad y las actuaciones cumplidas en autos; razón por la cual se desestiman los agravios en este punto."
(Se consignan también las operaciones matemáticas y cómputos efectuados por la Cámara para fijar los montos en pesos: $36.008.067,50 por Fabiano/Castro Di Risio/Vallejo; $12.002.689,50 por los Spuches, y costas de la Alzada a cargo del orden causado).
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