JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

CHIMALE S.R.L. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN -D.G.R.- s/ NULIDAD/REVOCACION

Chimale S.R.L. promovió acción de nulidad contra las resoluciones N° M-294/2022 y M-295/2022 de la D.G.R. que le impusieron multas por presunta defraudación fiscal por los períodos 2019 y 2020. La Corte Suprema provincial rechazó el recurso de casación de la Provincia y confirmó la nulidad de las sanciones al concluir que no está acreditado el dolo específico requerido para la figura de defraudación contemplada en el art. 86 del CTP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
393/22
Chimale s.r.l. Provincia de tucuman Dgr Nulidad Multas tributarias Defraudacion fiscal Art. 86 ctp Presuncion art. 88 ctp Doctrina agropecuaria el sauce Fiscalizacion Costas.

¿Quién es el actor?

CHIMALE S.R.L.

¿A quién se demanda?

Provincia de Tucumán - Dirección General de Rentas (DGR)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de las Resoluciones N° M-294/2022 y N° M-295/2022 dictadas por la DGR (03/03/2022) que impusieron multas de $18.996.986,02 y $1.112.923,28, respectivamente, por presunta infracción al art. 86 inc. 1° del Código Tributario Provincial (defraudación) por los períodos fiscales 2019 y 2020.

¿Qué se resolvió?

La Corte NO HIZO LUGAR al recurso de casación interpuesto por la parte demandada (Provincia), confirmando la sentencia n° 441 de fecha 08/05/2024 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo que había hecho lugar a la demanda y declarado la nulidad de las resoluciones sancionatorias; impuso costas a la recurrente y reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia recurrida sostuvo que 'en el caso que nos ocupa el propósito de defraudación no se presume, pues la actora presentó las declaraciones juradas rectificativas e ingresó las diferencias reclamadas por la DGR en la etapa de fiscalización, no pudiendo válidamente derivarse de dicha conducta la existencia de dolo en su accionar. Es decir, no puede atribuirse una omisión dolosa a la sociedad actora, toda vez que informó lo que debía a la Administración, y luego se acogió a sendos planes de pago en los términos del Decreto 1243/3 (ME)/2021'."

"Estos elementos no resultan suficientes para tipificar la defraudación prevista en el artículo 86 inciso 1° del CTP, ni para encuadrar la conducta de la actora en dicha figura haciendo uso de la presunción prevista en el artículo 88 inciso 3°."

"La sentencia confunde el mero dolo en el incumplimiento de una obligación dineraria, con el dolo específico que requiere un tipo de naturaleza penal como el defraudatorio, que tutela un bien jurídico distinto al vulnerado con aquél, pues -en palabras de conocida doctrina y jurisprudencia- 'excede al de la integridad de la renta fiscal'."

"En mérito a las razones expresadas precedentemente, corresponde rechazar el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia n° 441 del 8/5/2024 de la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto preopinante de la Dra. Claudia Beatriz Sbdar, con adhesión en idéntico sentido de las Dras. Eleonora Rodríguez Campos y del Dr. Daniel Leiva (decisión unánime).

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.