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Tribunal Superior

MURO SERGIO ORLANDO Y OTRO c/ MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION s/ NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO

Los actores impugnaron la nulidad del Decreto N° 383/16 que los exoneró y solicitaron su reincorporación y pago de salarios caídos. La Sala rechazó por inadmisible el recurso de casación por faltar la suficiencia de la impugnación, pues el escrito no rebatió razonadamente los fundamentos centrales de la sentencia de Cámara.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios (TUCUMAN)
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA - Sala en lo Contencioso Administrativo, Laboral, Civil en Documentos y Locaciones y Cobros y Apremios
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
323/17
Casacion Inadmisibilidad Suficiencia de la impugnacion Debido proceso Nulidad de acto administrativo Exoneracion municipal Ordenanza municipal Prueba sumarial Costas Ordenanza 717/730

¿Quién es el actor?

Sergio Orlando Muro y Duilio Enrique Guzmán.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Concepción.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de nulidad del Decreto N° 383/16 (exoneración de los actores), reincorporación y pago de salarios caídos.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró inadmisible y mal concedido el recurso de casación interpuesto por los actores contra la sentencia nº 1131 del 30/11/2022 de la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo; impuso costas y reservó regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Visto los agravios de la recurrente y confrontados con los fundamentos de la sentencia impugnada, se advierte que aquellos no se ajustan a la exigencia de admisibilidad prevista en el art. 808 del CPCyC (Ley 9531), concerniente a la suficiencia de la impugnación, que al respecto dispone: 'El escrito deberá bastarse a sí mismo, tanto en la relación completa de los puntos materia de agravio como en la cita de las normas que se pretenden infringidas, exponiendo las razones que fundamenten la afirmación y la doctrina que, a criterio del recurrente, sea la correcta'."

"La parte actora omite realizar una crítica suficiente de la totalidad de los argumentos que sustentan la decisión cuestionada, incumpliendo la carga de rebatir fundadamente todas las razones dadas por la Cámara. 'En orden a la suficiencia que debe revestir el escrito recursivo, esta Corte tiene dicho que es menester que el recurrente exponga una crítica razonada de la sentencia impugnada, para lo cual tiene que rebatir todos y cada uno de los fundamentos en que se apoya el fallo recurrido...'"

"La omisión de una crítica completa y razonada de la totalidad de los concretos fundamentos del fallo impugnado, así como la insustancialidad de los planteos formulados constituyen manifiesto incumplimiento de la exigencia establecida en el art. 751 del CPCyC, Ley 6176, actual art. 808 del CPCyC, Ley 9531, sella la suerte adversa del examen de admisibilidad del recurso de casación planteado."

¿Cómo votaron los jueces?

Los votos de las vocales y vocales consignaron coincidencia con los fundamentos expuestos; la parte decisoria final dispone la inadmisibilidad e imposición de costas.

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