JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

C. M. I. c/ ORLANDO GERARDO Y OTROS s/ MEDIDA CAUTELAR RESIDUAL

La actora solicitó ampliación de una medida cautelar de protección vinculada a presunta violencia de género contra miembros del Comité Ejecutivo de la Federación Económica de Tucumán. La Cámara confirmó la revocatoria de la ampliación cautelar al entender que no se acreditó prima facie trato discriminatorio por razón de sexo ni peligro en la demora, y confirmó la distribución de costas por el orden causado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
1176/23-I4
Medida cautelar Violencia de genero Perspectiva de genero Federacion economica de tucuman Verosimilitud del derecho Peligro en la demora Art. 280 cpcct Costas por el orden causado Revocatoria Ampliacion de cautelar.

¿Quién es el actor?

C. M. I. (actora, representada por la letrada Myriam Inés Costilla con patrocinio del Dr. Gustavo Morales).

¿A quién se demanda?

Comité Ejecutivo de la Federación Económica de Tucumán; además apeló la Federación Económica de Tucumán (apoderado Dr. Francisco José de Rosa).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ampliación de la medida cautelar dictada por esta Cámara (medidas de distanciamiento y restricción de acercamiento) y, en subsidio, la impugnación de la revocatoria de la ampliación ordenada por sentencia del 27/04/2024; además impugnación de la imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron ambos recursos de apelación (el de la actora y el de la Federación) y se confirmó la sentencia de fecha 27/04/2024 que revocó la resolución que había hecho lugar a la ampliación cautelar; costas por el orden causado y honorarios en su oportunidad. Sentencia firmada por dos juezas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En este punto, vale destacar que, a la fecha no se observa que la actora haya expresado cuál fue el devenir de las acusaciones que originaron el pedido de ampliación, y si las mismas finalmente concluyeron con algún tipo de sanción o si se impidió su derecho de defensa en cuanto representante de la Cámara de Industriales Ladrilleros.

De ello, no se desprende que los actos denunciados constituyan una conducta discriminatoria, en el sentido de actos que implicuen una distinción, exclusión y/o restricción basada en el sexo y que tengan por objeto el menoscabo o anulación del reconocimiento, goce o ejercicios de derechos por la condición de mujer de la Dra. Costilla, ni tampoco que los mismos impliquen una situación de violencia hacia la mujer, entendiendo por ésta a toda privación o menoscabo a sus derechos humanos por su condición femenina, lo que en el caso y con los argumentos de la FET no se presenta verosímil.

Por otra parte, en el marco de la presente incidencia de ampliación de medida cautelar, los hechos que fundan la petición de la actora y los elementos aquí aportados no lucen suficientes para tener por acreditados los recaudos exigidos por el art. 280 del CPCCT y habilitar su procedencia. Ello así, pues no surge a prima facie verosímil, en este incipiente y estrecho estadio procesal, que existiera un tratamiento discriminatorio o violento hacia la actora basado en su sexo o género, como así tampoco que las expresiones vertidas por la Federación Económica de Tucumán tuviesen contenido violento hacia su persona basado en su condición de mujer, o un contenido agraviante o injuriante en contra de la Dra Costilla.

Los agravios argumentados en el escrito recursivo no rebaten de manera eficaz los fundamentos sentenciales que no tuvieron por verificados los requisitos de admisibilidad de la ampliación de medida dispuesta, lo expuesto conduce a la desestimación por insuficiencia del recurso."

¿Cómo votaron los jueces?

La sentencia fue dictada por coincidencia de votos entre el primer y segundo votante (dos miembros del Tribunal), por lo que lo resuelto en el bloque dispositivo fue la decisión de la mayoría.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.