BENEDICTO FERNANDEZ LUIS AUGUSTO RAMON Y OTROS c/ BENEDICTO EDUARDO MANUEL Y OTRO (HEREDEROS DE BENEDICTO LUIS RICARDO RAMON Y OTRO) s/ ORDINARIO FUERO DE ATRACCION (SUCESION)
Acción de simulación/colación por herederos contra la venta de un inmueble alegadamente simulada. La Cámara hizo lugar a la apelación del codemandado y declaró prescripta la acción, por entender que los actores habían reconocido con anterioridad el conocimiento de las ventas y que el plazo se había consumado conforme al art. 2537 CCyCN.
¿Quién es el actor?
Luis Augusto Ramón Benedicto Fernández, Claudia María del Rosario Benedicto y Juan Carlos Benedicto Fernández.
¿A quién se demanda?
Eduardo Manuel Benedicto y Luis Alberto Pérez (y consecuentes adquirentes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de las ventas del inmueble sito en calle Buenos Aires 329 por simulación, y consecuente colación en la sucesión del Sr. Luis Ricardo Ramón Benedicto (fallecido 19/05/2001).
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Apelaciones revocó el punto I de la sentencia de fecha 09/05/2023 (que había rechazado la excepción de prescripción), admitió la excepción de prescripción y declaró prescripta la acción de simulación/colación. Como consecuencia dejó sin efecto los puntos II y III de la sentencia de grado; impuso costas de primera instancia y de alzada conforme lo dispuesto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"que a partir del fallecimiento primero de nuestro padre, y luego de nuestra madre, solicitamos a los demandados que se reconozcan el bien como parte del acervo hereditario, y de esta forma poder realizar en correctamente el inventario, para luego determinar la legítima de cada heredero. Esto fue negado, expresando que ese bien lo habrían comprado a nuestro pariente, negando la existencia de una simulación"
"¿cómo reclaman a partir del 2001 algo que recién conocen en el 2014? ¿se anticiparon 13 años? Claramente aquí hay una incongruencia manifiesta."
"Al haber sabido con anterioridad al fallecimiento del causante de la existencia de estas ventas, el momento inicial del plazo de prescripción comienza el día de la muerte del causante."
"En pocas palabras, los actores a la hora de demandar a los Sres. Luis Alberto Pérez y Eduardo Manuel Benedicto redactaron su escrito inicial, demarcaron su estrategia procesal y acompañaron la prueba documental. En este camino expusieron y relataron los hechos, relato del cual surge de manera espontánea el reconocimiento expreso al que hice alusión..."
"Tenemos entonces el momento inicial: el 19/05/2001 ... Si tomo la fecha de inicio, obtengo que la acción prescribe el 19/05/2011. La entrada en vigencia del actual CCyCN se remonta al 01/08/2015, por lo tanto -a esa época- la acción ya había prescripto. ... En conclusión, resulta innecesario hacer jugar el plazo menor de 5 años."
Dispositivo (transcripción resumida del fallo): "HACER LUGAR al recurso de apelación ... DECLARAR PRESCRIPTA la acción de simulación / colación iniciada por los Sres. Luis Augusto Ramón Benedicto Fernández, Claudia María del Rosario Benedicto y Juan Carlos Benedicto Fernández, con costas a su cargo ... DEJAR SIN EFECTO, como consecuencia directa de lo resuelto, los puntos II y III de la sentencia de fecha 09/05/2023. IMPONER las costas de esta instancia al Sr. Luis Augusto Ramón Benedicto Fernández."
¿Cómo votaron los jueces?
la decisión fue unánime (Dr. Hugo Felipe Rojas votó y la Dra. Eleonora Claudia Méndez adhirió).
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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