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Cámara de Apelaciones

AGUIRRE ELBA DEL VALLE c/ QUIROGA ELIANA s/ ACCIONES POSESORIAS

La actora promovió acción posesoria de despojo contra Quiroga y Mariana Aguirre por la supuesta usurpación de una vivienda en Famaillá. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la acción por entender que la entrega de la posesión fue voluntaria y no se acreditó violencia, clandestinidad ni abuso de confianza.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - CONCEPCION - Sala 1
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
101/22
Accion posesoria Despojo Desapoderamiento Clandestinidad Abuso de confianza Consentimiento Permuta verbal Costas Voluntariedad Absolucion de posiciones

¿Quién es el actor?

Aguirre Elba del Valle.

¿A quién se demanda?

Quiroga Eliana y Mariana Aguirre.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción posesoria de despojo respecto del inmueble ubicado en Pasaje Eudoro Araoz (Barrio Elías Pérez), ciudad de Famaillá; restitución de la posesión por desapoderamiento ilegítimo.

¿Qué se resolvió?

Se negó lugar al recurso de apelación y, por mayoría unánime, se confirmó la sentencia n° 55 de fecha 24/2/2025 que rechazó la acción posesoria; costas de la alzada a cargo de la parte recurrente; honorarios reservados para oportunidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I°) Rechazar la acción posesoria de despojo interpuesta por la Sra. Elba del Valle Aguirre en contra de la Sra. Quiroga Eliana y Mariana Aguirre, con respecto al inmueble ubicado en en Psje. Eudoro Araoz entre Av. Lucas Córdoba y Lola Mora, Barrio Elías Pérez, ciudad de Famailla..." (sentencia n° 55 del 24/2/2025, citada en el voto).

"La Sentenciante entendió que no se había acreditado el presupuesto de despojo, dado que la entrega del inmueble se había realizado en forma voluntaria a la Sra. Quiroga, en virtud de un permuta verbal celebrada en forma oral. Arribó a dicha conclusión, luego de valorar las absoluciones de posiciones de la Sra. Elba y Mariana Aguirre, así como también la declaración del fletero que realizó el traslado de mudanza. También tuvo en cuenta las declaraciones vertidas por vecinos del inmueble, objeto de juicio, quienes en relevamiento vecinal expresaron que si bien el inmueble en un principio pertenecia a la Sra. Elba Aguirre, luego ocurrió una permuta, habiendose entregado la vivienda a la Sra. Quiroga en virtud de dicho contrato."

"A partir de las expresiones de los tres protagonistas de este juicio ( Elba del Valle Aguirre, Eliana Quiroga y Elba del Valle Aguirre) y de las declaraciones testimoniales, entiendo que resulta desatendible el argumento del apelante, dado que hubo consentimiento de la actora en la operación de venta del inmueble, objeto de este juicio, por lo que, de ninguna manera podría traducirse dicho acto jurídico en un despojo ( originado en un abuso de confianza). Mucho menos podría interpretarse que la actora se vió obligada a desprenderse del inmueble o que fue víctima de una maniobra clandestina entre Mariana Aguirre y la Sra. Eliana Quiroga."

"En el presente caso, no se reunieron ninguna de dichas circunstancias, dado que, tal como lo expuse en el párrafo anterior, la actora tuvo conocimiento y fue consciente de que le entregaba la posesión a la Sra. Quiroga."

"De este modo, sobre la base de las consideraciones expuestas, entiendo que el recurso de apelación debe ser desestimado."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto de la Dra. María José Posse (preopinante) con los fundamentos precedentes; la Dra. María Cecilia Menéndez adhirió "en idéntico sentido". El bloque dispositivo final dispone la confirmación de la sentencia de primera instancia y la imposición de costas al apelante.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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