JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ROTTA DI CARO PRISCILA c/ OSDE s/ SUMARIO (RESIDUAL)

La actora demandó a OSDE por daños y perjuicios derivados de la desafiliación y presunto incumplimiento contractual. La Cámara confirmó la sentencia de grado que declaró la prescripción de la acción y rechazó la dispensa por incapacidad transitoria, fundando la decisión en la aplicabilidad del plazo trienal del art. 2561 CCC y en la insuficiente acreditación de un impedimento insalvable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3 (TUCUMAN)
Fuero
CAMARA CIVIL Y COMERCIAL COMUN - Sala 3
Jurisdicción
Local · Tucuman
Expediente
3463/21
Prescripcion liberatoria Art. 2561 ccc Dispensa de la prescripcion (art. 2550 ccc) Derecho del consumidor Desafiliacion Osde Incapacidad transitoria Prueba psiquiatrica Costas Camara civil y comercial tucuman

¿Quién es el actor?

Priscila Rotta Di Caro, abogada, por derecho propio (con patrocinio de la Dra. Lorena Rotella).

¿A quién se demanda?

Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Resarcimiento de daños y perjuicios (daño moral, daño punitivo, daño emergente y lucro cesante) por desafiliación/anulación de alta y supuesto incumplimiento contractual de OSDE.

¿Qué se resolvió?

No hacer lugar al recurso de apelación; se confirma la sentencia de primera instancia que declaró la prescripción liberatoria de la acción y rechazó la dispensa por incapacidad transitoria. Costas de la alzada y honorarios conforme lo dispuesto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta las consideraciones expuestas, resulta de aplicación al caso bajo análisis, el plazo de prescripción de tres años por expresa aplicación del art. 2561 del CCCN. En estos términos, no queda más que concluir que en el supuesto de autos, el plazo de prescripción previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación se encuentra cumplido con creces. Ello, por cuanto la acción judicial fue iniciada - según lo reconoce la propia actora en su escrito de demanda -con el objeto de reclamar la reparación de los daños y perjuicios sufridos... El inicio del cómputo del plazo de prescripción, es el 30/05/16, momento en que Osde hace saber de manera fehaciente a la Sra. Rotta Di Caro la anulación de su alta... Desde esa fecha, no se ha acreditado ningún otro hecho suspensivo o interruptivo de la prescripción, hasta el 30/09/2019, fecha en que se cumple el plazo de tres años."

"La correcta interpretación del art. 2550 CCCN exige acreditar una imposibilidad “insalvable”, es decir, una situación objetiva y comprobada que prive absolutamente al sujeto de capacidad de obrar jurídicamente en términos funcionales... En suma, considero que el padecimiento emocional invocado por la actora, en tanto no suprima el juicio ni impida la toma de decisiones informadas y acciones mínimas como consultar un abogado, no alcanza el umbral normativo requerido. Incluso los problemas económicos invocados, no constituyen un obstáculo insalvable..."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Alberto Martín Acosta redactó el voto principal; la Dra. Marcela Fabiana Ruíz adhirió al mismo. El bloque dispositivo final confirma el rechazo del recurso.

Leyes que cita

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